SAP Madrid 184/2010, 14 de Abril de 2010
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2010:5483 |
Número de Recurso | 165/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 184/2010 |
Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00184/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION 165 /2010
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 675 /2009
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 37 de MADRID
PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
APELANTE: Dimas, VELASCO, S.A.
PROCURADOR: JORGE PEREZ VIVAS
APELADO: COM. PROP. PASEO DIRECCION000, NUM000 DE MADRID
PROCURADOR: JUAN ESCRIVA DE ROMANI VERETERRA
En MADRID, a catorce de abril de dos mil diez.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre impugnación acuerdo junta de propietarios, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 37 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandantes DON Dimas y VELASCO S.A. representados por el Procurador Sr. Pérez Vivas y de otra, como apelada demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PASEO DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID representada por el Procurador Sr. Escrivá de Romani Vereterra, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 37 de Madrid, en fecha 9 de diciembre de 2009, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador Sr. PÉREZ VIVAS en representación de D. Dimas y de la Sociedad VELASCO S.A. contra LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EN MADRID, PASEO DIRECCION000 Nº NUM000, declaro ajustados a la normativa que rige la comunidad y a la Ley de Propiedad Horizontal los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria celebrada en fecha 15 de diciembre de dos mil ocho, y, en especial, el acuerdo impugnado relativo a la imposición del pago de los gastos derivados de la reparación de los ascensores a los propietarios de los locales comerciales, así como las derramas extras aprobadas por dicho concepto. Y, en su consecuencia, CONDENO a la parte actora al abono de las costas procesales devengadas en la substanciación del presente procedimiento".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 13 de abril de 2010.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la parte apelante se recurre la sentencia de instancia, alegando infracción de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal en relación con la norma de los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, dicha norma establece que los locales de la planta baja y sótanos, quedan...
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