STSJ Asturias , 25 de Febrero de 2004

PonenteJOSE ANTONIO MORILLA GARCIA-CERNUDA
ECLIES:TSJAS:2004:1066
Número de Recurso85/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1ª

Incidente de Tasación de Costas en la Apelación n° 85/2001 APELANTE: D/ña. COMITÉ DE EMPRESA DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO Procurador/a D/ña. María Rosa Rodríguez Martínez APELADOS: AYUNTAMIENTO DE OVIEDO - Dª. María Rosa , Dª.

Claudia Y D. Pedro Miguel Procuradores/as D/ña. Luis de Miguel Bueres Fernández y Dª Rebeca .

SENTENCIA n° 151 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veinticinco de febrero de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el Incidente de Tasación de Costas dimanante del recurso de apelación número 85/2001, interpuesto por el COMITÉ DE EMPRESA DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por la Procuradora Dª María Rosa Rodríguez Martínez, contra el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador D. Luis de Miguel Bueres Fernández y Dª María Rosa , Dª Claudia Y D. Pedro Miguel , representadas por la Procuradora Dª Rebeca . Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Morilla García Cernuda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El incidente de tasación de costas dimana del recurso de apelación n° 85/2001, en el que ha recaído sentencia de fecha 15 de marzo de 2002, que disponía la condena en costas a la parte apelante.

SEGUNDO

El impugnante de la tasación de costas alega los excesivos honorarios del Procurador, así como los derechos y honorarios del Letrado y Procurador del Ayuntamiento. Se confirió traslado al Letrado Sr. Narciso , solicitando que se tramite el oportuno procedimiento de apremio contra el condenado a pagarlas, por importe de 4.474,36 .

Se libró el oportuno testimonio de las actuaciones para el Colegio de Abogados de Oviedo, a fin de emitir el informe previsto en el artículo 246 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que hizo en legal forma, con el resultado que obra en autos.

TERCERO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente incidente el día diecinueve de febrero pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Practicada por la Secretaria de esta Sección y de la Sala, a solicitud del Ayuntamiento de Oviedo y de los codemandados Dª María Rosa , Dª Claudia y D. Pedro Miguel , intervinientes como partes recurridas en el presente recurso de apelación, n° 85/2001, la oportuna tasación de...

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