STSJ Extremadura , 20 de Mayo de 2004
Ponente | WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY |
ECLI | ES:TSJEXT:2004:861 |
Número de Recurso | 1001/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00759/2004 La SECCION DE REFUERZO DE LA Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA NUM 759 PRESIDENTE :
DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS :
DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA /
En Cáceres a veinte de mayo dos mil cuatro.
Visto el recurso contencioso administrativo número 1.001 de 2.002 , interpuesto por la Procuradora Doña Vanesa Rámirez-Cárdenas Fernández Arévalo, en nombre y representación de Maite siendo parte demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado , recurso que versa sobre: Resolución de 30 de abril de 2002, del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura dictada en expte 06/682/99, que declara ajustada a derecho providencias de apremio sobre canon de utilización tarifa de aguas. Cuantía del recurso 45.135,35 Euros.
Por la parte actora se presentó escrito interesando se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de la presente sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada para que ésta contestara, evacuó dicho trámite interesando se dictara sentencia desestimatoria de las pretensiones de la parte actora y señalando como cuantía la de 45.135, 35 Euros.
Fijándose la cuantía del presente recurso la de 45.135, 35 Euros.
No habiéndose solicitado por ninguna de las partes el recibimiento a prueba del recuso, ni celebración de vista, ni conclusiones y no considerarlo necesario la Sala se señaló seguidamente día para votación y fallo, y llevándose a efecto en el fijado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente para este trámite el Iltmo Sr. DON WENCESLAO OLEA GODOY que expresa el parecer de la Sala.
.
Se impugna en este proceso por la Sra. Maite la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura, de 30 de abril de 2.002, dictada en la reclamación de esa naturaleza 682/99, promovida por la recurrente en impugnación de sendas providencias de apremio que le había sido requeridas por la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Alcobendas (Madrid), en procedimiento de apremio en ejecución de las deudas exigidas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en concepto de canon de regulación y tarifa de utilización de aguas, correspondientes a las anualidades de 1.991 y 1.992;...
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