SAP Madrid 109/2009, 21 de Diciembre de 2009
Ponente | RAFAEL MOZO MUELAS |
ECLI | ES:APM:2009:18072 |
Número de Recurso | 46/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 109/2009 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª |
ROLLO PA Nº 46/09
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE ALCOBENDAS
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 99/08
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILMOS. SRES. DE LA SECCION 23ª
D. RAFAEL MOZO MUELAS
D. JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ
Dª NURIA BARABINO BALLESTEROS
SENTENCIA Nº 109/09
En Madrid, a 21 de Diciembre de 2009.
VISTA, en juicio oral y público, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 5 de Alcorcón, seguida de oficio por un delito contra la salud pública, contra Gabino, nacido en Guayaquil (Quito) el día 5 de Agosto de 1976, hijo de Abelardo y de Elvira, con NIE NUM000, insolvente, sin antecedentes penales, y en libertad provisional por esta causa de la que no ha estado privado salvo ulterior comprobación.
Habiendo sido partes, el Ministerio Fiscal representado por la Iltma. Sra. Dña. Rosario Lacasa Escusol, y dicho acusado, representado por la Procuradora Dña. Nuria Munar Serrano y defendido por la letrada Dña. Carmen Gutiérrez Portas.
Ha sido Ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. RAFAEL MOZO MUELAS.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública, previsto y penado en el art. 368, inciso 1º del Código Penal, y reputando responsable del mismo, en concepto de autor, al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó la imposición de la pena de 5 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, comiso de la sustancia y efectos intervenidos.
La defensa del acusado, en igual trámite, mostró su disconformidad con la calificación del Ministerio Fiscal, interesando su libre absolución.
HECHOS PROBADOS Sobre las 04,00 horas del día 5 de Agosto de 2008 los agentes de la Policía Nacional números NUM001 y NUM002, que se encontraban de servicio en la Avda. De Leganés de Alcorcón, procedieron a identificar al acusado, Gabino, mayor de edad y sin antecedentes penales, que se encontraba sentado en un poyete.
Los agentes, a pesar de que el acusado salió corriendo, consiguieron reducirle y en el cacheo le intervinieron oculto entre sus ropas tres bolsitas que contenían 6,03 grs. de cannabis con una riqueza del 95,7% y otras, 4 papelinas de cocaína con un peso neto de 1,25 grs. y una riqueza del 83,4%.
El acusado Llevaba consigo 230 euros en billetes.
No resulta, sin embargo, probado en el juicio que la sustancia estupefaciente intervenida estuviese destinada para su venta y distribución a terceras personas, que hubiera adquirido en el mercado ilícito un precio de de 242 euros.
El acusado era consumidor de cannabis y cocaína.
A la vista de las pruebas practicadas y de la naturaleza de los hechos imputados, es preciso examinar, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional desde sus sentencias 174 y 175/1985, la versión que de los hechos ofrezca el acusado, quien...
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