STSJ Cataluña , 5 de Mayo de 2005
Ponente | MARIA LUISA PEREZ BORRAT |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:5850 |
Número de Recurso | 1046/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Recurso nº 1046/2000 SENTENCIA nº 417 /2005 Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS DÑA. MARÍA LUISA PÉREZ BORRAT D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS En Barcelona, a cinco de mayo de dos mil cinco.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida como figura al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY la siguiente sentencia para la resolución del presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por D. Ignacio en su propia representación y defensa, contra la Administración demandada CORREOS Y TELEGRAFOS, actuando en nombre y representación de la misma el Abogado del Estado.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D/Dª. MARÍA LUISA PÉREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la Sala.
Por la parte actora, a través de su representación en autos, se interpuso en tiempo y forma legal, recurso contencioso administrativo contra la resolución objeto de recurso dictada por la Administración demandada.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Se acordó recibir el presente pleito a prueba, con el resultado que obra en autos.
Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron.
Se señaló para votación y fallo de este recurso, habiéndose observado y cumplido en este procedimiento las prescripciones legales correspondientes .
El demandante, funcionario del Cuerpo de Auxiliar de Clasificación y Reparto, adscrito a la Jefatura Provincial de Barcelona, impugna la Resolución dictada por el Consejero, Director General de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos (R.D. 00191/2000-S.G.P. 00845/1999, Sección Quinta), de 4 de mayo de 2000, acordó imponer una sanción de suspensión de funciones durante cinco días al demandante por la comisión de una falta disciplinaria grave prevista en el art. 7.1.n) del Reglamento del Régimen Disciplinario de los funcionarios , aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero .
Los hechos que se declaran probados en la resolución sancionadora impugnada vienen a sustentar la responsabilidad del demandante por la desaparición el 2 de julio de 1999 que reconoció haber recibido bajo firma dos despachos de valores, uno para el Distrito 12, que fue entregado en mano al encargado de distribuirlo y otro para el Distrito 6, del que es el Jefe quien lo dejó encima de su mesa de trabajo a la espera de que el funcionario encargado ese día de verificar su contenido terminase de efectuar la clasificación de los certificados de avión,, lo que propició que persona(s indeterminadas sustrajeran dicho despacho, cuyo contenido,...
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