STSJ Comunidad de Madrid , 22 de Junio de 2005

PonenteCRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINA
ECLIES:TSJM:2005:7482
Número de Recurso45/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 00942/2005 Recurso de Apelación núm. 45/05 Ponente Sra. Cristina Cadenas Cortina TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEXTA S E N T E N C I A núm. 942 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas Magistrados:

Dª. Mª Teresa Delgado Velasco Dª. Cristina Cadenas Cortina Dª. Amparo Guilló Sánchez Galiano Dª. Eva Isabel Gallardo Martín de Blas D. Francisco de la Peña Elías En Madrid, a veintidós de junio de dos mil cinco.

VISTO por la Sala el recurso de apelación núm. 45/2005, interpuesto por el Letrado, Sr. Sanz Fernández actuando en representación de Don Luis Miguel , contra auto de 20 de octubre de 2004, del Juzgado de lo Contencioso n.27, dictado en PA 294/2004 ; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación fue interpuesto por el Letrado, Sr. Sanz Fernández actuando en representación de Don Luis Miguel , contra Auto de 20 de octubre de 2004, del Juzgado de lo Contencioso n. 27 de Madrid , que acuerda el archivo de las actuaciones, inadmitiendo a trámite la demanda, al haberse interpuesto el recurso contra actividad no susceptible de impugnación. Solicita que se dicte resolución, revocando el auto de instancia.

SEGUNDO

El Abogado del Estado se opone al recurso de apelación, solicitando la confirmación del auto impugnado.

TERCERO

Finalizada la tramitación, quedó el pleito pendiente para deliberación y fallo, señalándose la audiencia del día 21 de junio de 2005, teniendo lugar así.

Ha sido Ponente la Magistrado Ilma. Sra. Doña Cristina Cadenas Cortina, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se centra en impugnar el auto que inadmite el recurso por ir dirigido contra actividad no susceptible de impugnación. Insiste en que existe la resolución de expulsión pero se notificó verbalmente al Letrado. Insiste en la caducidad del expediente Alega que se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiv El Abogado del Estado se opone al recurso de apelación, y solicita la confirmación de la resolución impugnada

SEGUNDO

El presente recurso contencioso administrativo se dirigió inicialmente contra una resolución "verbal" del Delegado de Gobierno de Madrid, y solicita la caducidad del expediente, insistiendo en que se le ha notificado una resolución verbal. Formulado así el tema, resulta inadmisible puesto que en supuesto de no haberse dictado resolución se habría producido la caducidad del expediente. El art. 50 de la ley 4/ 2000 modificada por la ley 8/2000 establece que " el ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de las infracciones administrativas previstas en la presente Ley...

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