STSJ Canarias 4305, 23 de Noviembre de 2005
Ponente | JUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:4305 |
Número de Recurso | 725/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 4305 |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº 349
En Santa Cruz de Tenerife , a 23 de noviembre de 2005 .
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, constituída por los Iltmos. Sres. Magistrados Don Pedro Hernández Cordobés, Presidente, D. Helmuth Moya Meyer y Don Juan Ignacio Moreno Luque Casariego.
Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Segunda. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres.
Magistrados, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000725/2005 , (871/2003 secc 1) interpuesto por Federico , Desconocido , contra Ministerio De Administraciones Publicas , habiendo comparecido, en su representación y defensa el servicio jurídico de la administración demandada , versando sobre impugna resolución de fecha 16 de junio de 2003 del Ministerio de Administraciones públicas, que desestima el recurso potestativo de reposición contra otra resolución de fecha 24 de marzo de 2003 del la Dirección general de la Función pública por la que se publica la valoración definitiva de los méritos de la fase del concurso de las pruebas selectivas para acceso, por sistema de promoción interna, en el Cuerpo general administrativo de la administración del Estado, desde los cuerpos y escalas del grupo d).
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego.
La representación de la parte actora interpuso recurso contencioso administrativo con fecha 15 de julio de 2003 .
Admitido a trámite se dió al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito que en lo sustancial se da por reproducido y en la que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare: La nulidad de la resolución que se recurre y la aplicación a su caso del apartado 5.2. a). b) c). y e) de las normas recogidas en el anexo III de la convocatoria sobre valoración de méritos, que resulta aplicable ambien a los funcionarios que prestan sus servicios en la comunidad autónoma.
Se confirió traslado de la demanda por término legal a la representación procesal de la Administración demandada quién contestó por medio de escrito oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.
Recibido el Juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conslusiones que obran unidos al recurso y señalándose el día para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.
se impugna resolución de fecha 16 de junio de 2003 del Ministerio de Administraciones públicas, que desestima el recurso potestativo de reposición contra otra resolución de fecha 24 de marzo de 2003 del la Dirección general de la Función...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba