STSJ Canarias , 14 de Octubre de 2005

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2005:3984
Número de Recurso626/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

1 Código 019 Ref: RCA nº 626/00.- S E N T E N C I A. Iltmos.Sres.

Presidenta: Dña Cristina Paez Martínez Virel Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de octubre de 2005.- Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el recurso contencioso-administrativo nº 626/00, seguido por el procedimiento ordinario; en el que fueron partes: como recurrente: D. Matías , representado por la Procuradora Dña Ana Ramos Varela y defendido por Letrado; y, como Administraciones codemandadas, el Ayuntamiento de Arucas, representado y defendido por el Letrado D. Jose Carlos Vidal Martínez; y la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias; versando sobre Declaración de Impacto Ecológico, siendo la cuantía indeterminada.- I.

ANTECEDENTES DE HECHO

.

PRIMERO

Por la Procuradora Dña Ana Ramos Varela, en nombre y representación de D. Matías , se interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de 28 de diciembre de 1999, de Declaración de Impacto Ecológico sobre el Proyecto denominado Duplicación y variante de la carretera C-810, tramo: Enlace de Arucas-El Pagador, variante de Bañ aderos, promovido por la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, situado en el término municipal de Arucas.-

SEGUNDO

En su momento, se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía:

"1. Declare la nulidad de la resolución recurrida, dejándola sin efecto alguno.

  1. Acuerde retrotraer las actuaciones a la fecha de la Declaración de Impacto Ecológico por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (C.O.T.M.A.C.), de 5 de octubre de 1999, declarando la nulidad de todas las actuaciones posteriores.

  2. Acuerde, en consecuencia, que ha de realizarse el Proyecto de Construcción originario denominado "Proyecto de Construcción Duplicación y Variante de la carretera C-810. Tramo Enlace Arucas-El Pagador. Clave: AT-GC-19, aprobado definitivamente por el Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias el 8 de abril de 1997.

  3. Condene a la Administración demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a adoptar los actos necesarios para su efectividad.

  4. Condene en costas la Administración".-

TERCERO

Por su parte, el Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, formuló alegaciones previas en las que pedía se inadmitiese el recurso contencioso-administrativo por tratarse de un acto irrecurrible, con traslado a las demás partes, tras lo cual se dictó auto, fechado el 1 de septiembre de 2004 , que desestimò dichas alegaciones y ordenó dar traslado para contestación a la demanda por el plazo restante.

CUARTO

En la contestación a la demanda, la Comunidad Autónoma de Canarias pidió la inadmisión del recurso y, subsidiariamente, su desestimación, mientras que el Ayuntamiento de Arucas pidió su desestimación por estar afectado por cosa juzgada y carecer de objeto por causas sobrevenidas en el curso del proceso.- QUINTO.- A la conclusión del periodo probatorio, se dio traslado para conclusiones, que evacuaron todas las partes, con señalamiento del 14 de octubre del año en curso para deliberación, votación y fallo.- Fue ponente el Ilmo. Sr Magistrado, don César José García Otero, que expresa el parecer unánime de la Sala.- II.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

.

PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de 28 de diciembre de 1999, que revisó de oficio un acuerdo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR