STSJ Canarias , 23 de Septiembre de 2005
Ponente | INMACULADA RODRIGUEZ FALCON |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:3556 |
Número de Recurso | 72/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
R.C.A. Apelación 72/2004 (dimanante recurso contencioso administrativo número 447/2001 Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno)
SENTENCIA //2005 Iltmos Sres Dª Cristina Paez Martinez Virel Presidente D.Cesar José García Otero Dª.Inmaculada Rodríguez Falcón Magistrados En Las Palmas de Gran Canaria, a dos de septiembre de dos mil cinco Visto el rollo de apelación apelación número 72/2004 seguidos entre partes, como apelante el Procurador Sr. Bethencourt Manrique de Lara, en representación de Telefónica Moviles España S.A., asistido por letrado don Gerardo Ruiz Pasquau e interviniendo como apelado la letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma y en representación del Cabildo Insular de Gran Canaria, doña Ana , versando sobre sanción
.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno dictó sentencia desestimatoria, de fecha 16 de marzo de 2004, en el recurso seguido ante ese Juzgado con el número 447/2001 , contra Resolución de la Agencia de Protección del Medio Urbano y natural (Expte I.M 41/009) por la que se impone al recurrente una sanción de cinco millones de pesetas y se ordena el restablecimiento del orden jurídico perturbado por la comisión de la infracción prevista en el art . 222 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias , por considerarlas no ajustadas a derecho.- SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso con fecha 20 de abril de 2004 recurso de apelación por el Procurador don Francisco Bethencourt Manrique de Lara Mónica Padrón Franquiz suplicando la revocación de la sentencia de instancia y se dictarse sentencia de conformidad con el suplico de la demanda A lo que se opusieron el Cabildo Insular de Gran Canaria, y la Comunidad Autonoma, , solicitando la confirmación de la sentencia, mediante escritos presentados el 20 y 14 de mayo respectivamente.- TERCERO.- Elevadas las actuaciones y el expediente administrativo a la Sala quedaron registradas con el número 72/2004, señalándose para votación y fallo el día 22 de julio de 2005 siendo designada ponente la Ilma Sra Magistrada doña Inmaculada Rodríguez Falcón.-
Es objeto de apelación la sentencia dictada por el Juzgado número uno de lo Contencioso Administrativo, en la que se desestima el recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural que impuso a la recurrente una sanciónd e cinco millones de pesetas y ordenó el restablecimiento del orden perturbado por la comisión de la infracción prevista en el artículo 222 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales .- En la sentencia impugnada se considera suficientemente motivada la sanción impuesta. A este respecto afirma que " la...
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