STSJ Canarias , 5 de Marzo de 2005

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2005:875
Número de Recurso1489/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

1 Código 05a Ref: RCA nº 1.489/00.- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Páez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 5 de marzo de 2005.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 1.489/00, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, don Darío , representado por la Procuradora Dña Dolores Moreno Santana y defendido por la Letrado Dña Mª Fernanda de los R Pérez Ramos; y como Administración demandada, el Ayuntamiento de Haría, representado por el Procurador don Alfredo Crespo Sánchez y defendido por la Letrado Dña Teresa de Jesús Martín de León; versando revisión de oficio de la aprobación definitiva de Estudio de Detalle, siendo su cuantía indeterminada.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- Por Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Haría, en sesión ordinaria de 5 de julio de 1996, se aprobó definitivamente el Estudio de Detalle presentado por don Fermín , correspondiente a la CALLE000 nº NUM000 de Arrieta, en el término municipal de Haría.- Dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 1996/100, de 16 de agosto de 1996- SEGUNDO.- Frente a dicho Acuerdo se presentó escrito por don Darío con fecha 6 de junio de 2000, en el que, invocando el artículo 102 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común , pedía la revisión de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle aprobado y su declaración de nulidad, así como de la licencia otorgada a su amparo.- TERCERO.- Contra la desestimación presunta de dicha petición se interpuso recurso contencioso- administrativo por la Procuradora Dña Dolores Moreno Santana, en nombre y representación de don Darío , y, en su momento, se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y anulación del acto administrativo impugnado a los efectos de que se tramite y ultime el expediente de revisión del acuerdo plenario del Ayuntamiento de Haria de aprobación definitiva del Estudio de Detalle, y, en consecuencia, se revisen y anulen las licencias municipales de edificación otorgadas sobre la base del referido Estudio de Detalle, condenando a la Administración a que así lo admita y...

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