STSJ Aragón 2870, 13 de Junio de 2005

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2005:2870
Número de Recurso669/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución2870
Fecha de Resolución13 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO N° 669/01-B SENTENCIA N° 430 de 2.005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH D. MANUEL SERRANO BONAFONTE En Zaragoza a 13 de junio de 2005.

En nombre de SM. el Rey. VISTO por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón el presente recurso contencioso-administrativo n° 669/01-B, seguido entre partes, de la una como demandante la compañía "Comercial Hostelera Tanis, S. L.", con domicilio social en esta Ciudad, representada por el Procurador D. Isacc Giménez Navarro y dirigida por el Letrado D. Miguel Ángel Ansón Carcavilla, y de la otra como demandados el Ayuntamiento de Zaragoza, representado por el Procurador D. Fernando Peire Aguirre, posteriormente sustituido por la Procuradora Dª Natalia Cuchi Alfaro, y dirigido por el Letrado D. Cesar Gimeno Peralta, y la empresa "Mariano López Navarro", incomparecida en autos, habiéndose personado en el procedimiento la entidad "Axa Aurora Ibérica Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", representada por la Procuradora Dª Susana Hernández Hernández y dirigida por el Letrado D. Luis Sierra Palacio, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación del acto administrativo presunto del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zaragoza por el que se desestima el recurso de reposición formulado contra la resolución de fecha 10 de noviembre de 2000, por la que se deniega la reclamación indemnizatoria en cuantía de 87.700 pesetas efectuada por la entidad actora, suma pedida en concepto de responsabilidad patrimonial por los daños que sufrió en noviembre de 1999 al inundarse la planta baja del local en que esta ubicado el negocio de su propiedad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Giménez Navarro, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso-administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en el Juzgado Decano de Zaragoza en fecha 14 de julio de 2001, cuyo conocimiento correspondió por turno de reparto al Juzgado de lo Contencioso n° 1.

SEGUNDO

Dicho Juzgado se declaró incompetente remitiéndose las actuaciones a la Sala de lo Contencioso Administrativo de esta Tribunal Superior de Justicia, quién admitió ser competente para conocer del asunto, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se condene al Ayuntamiento de Zaragoza y a la empresa Mariano López Navarro a que, con carácter solidario, le abonen la suma de 87.700 pesetas, más intereses y costas.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Sr. Peire Aguirre, en nombre y representación del Ayuntamiento de Zaragoza, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se...

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