STSJ Aragón , 18 de Mayo de 2005

PonenteJESUS MARIA ARIAS JUANA
ECLIES:TSJAR:2005:1280
Número de Recurso137/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 1ª).- Recurso de apelación núm. 137 del año 2004- SENTENCIA N° 590 de 2005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Ricardo Cubero Romeo MAGISTRADOS D. Jesús Mª Arias Juana Dª Isabel Zarzuela Ballester Dª Nerea Juste Diez de Pinos En Zaragoza, a dieciocho de mayo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICÍA DE ARAGÓN (Sección 1ª), el recurso de apelación número 137 de 2004, interpuesto por Dª Mónica .

representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Sara Correas Biel y asistida por la Letrada Dª Ana Cristina Cunchillos Barrado, contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza de fecha 27 de enero de 2004, dictada en el recurso contencioso-administrativo seguido en dicho Juzgado con el número 202 de 2003 ; siendo parte recurrida, la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el recurso contencioso-administrativo antes referido, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 2 de Zaragoza dictó sentencia de fecha 27 de enero de 2004 , desestimatoria del recurso y confirmatoria de la actuación recurrida, sin hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, por la parte actora se interpuso recurso de apelación solicitando de esta Sala su revocación y la estimación del recurso promovido; siendo admitido dicho recurso y dándose traslado a la representación de la Administración demandada para que pudiera formalizar su oposición al mismo, lo que así hizo; y tras elevarse las actuaciones a la Sala, se celebró la votación y fallo el día señalado, 12 de mayo de 2005.

Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Mª Arias Juana.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, con desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la recurrente, vino a confirmar la resolución administrativa recurrida, de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza de fecha 22 de abril de 2002, por la que se denegó el permiso de trabajo y residencia formulado por la recurrente, con base en el artículo 82.1 del Real Decreto 1 55/1996, de 2 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985 -aconsejarlo la situación nacional de...

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