STSJ Aragón , 18 de Mayo de 2005
Ponente | JESUS MARIA ARIAS JUANA |
ECLI | ES:TSJAR:2005:1280 |
Número de Recurso | 137/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 1ª).- Recurso de apelación núm. 137 del año 2004- SENTENCIA N° 590 de 2005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Ricardo Cubero Romeo MAGISTRADOS D. Jesús Mª Arias Juana Dª Isabel Zarzuela Ballester Dª Nerea Juste Diez de Pinos En Zaragoza, a dieciocho de mayo de dos mil cinco.
En nombre de S.M. el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICÍA DE ARAGÓN (Sección 1ª), el recurso de apelación número 137 de 2004, interpuesto por Dª Mónica .
representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Sara Correas Biel y asistida por la Letrada Dª Ana Cristina Cunchillos Barrado, contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza de fecha 27 de enero de 2004, dictada en el recurso contencioso-administrativo seguido en dicho Juzgado con el número 202 de 2003 ; siendo parte recurrida, la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Abogado del Estado.
En el recurso contencioso-administrativo antes referido, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 2 de Zaragoza dictó sentencia de fecha 27 de enero de 2004 , desestimatoria del recurso y confirmatoria de la actuación recurrida, sin hacer expresa imposición de costas.
Contra la anterior sentencia, por la parte actora se interpuso recurso de apelación solicitando de esta Sala su revocación y la estimación del recurso promovido; siendo admitido dicho recurso y dándose traslado a la representación de la Administración demandada para que pudiera formalizar su oposición al mismo, lo que así hizo; y tras elevarse las actuaciones a la Sala, se celebró la votación y fallo el día señalado, 12 de mayo de 2005.
Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Mª Arias Juana.
La sentencia apelada, con desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la recurrente, vino a confirmar la resolución administrativa recurrida, de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza de fecha 22 de abril de 2002, por la que se denegó el permiso de trabajo y residencia formulado por la recurrente, con base en el artículo 82.1 del Real Decreto 1 55/1996, de 2 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985 -aconsejarlo la situación nacional de...
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