STSJ Aragón , 30 de Marzo de 2005

PonenteVICENTE GOÑI LARUMBE
ECLIES:TSJAR:2005:753
Número de Recurso90/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SEC. 4ª)

RECURSO n° 90/01-A ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE Dª Natividad Rapún Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbe Procedimiento: Ordinario Cuantía: 250.100 ptas.

SENTENCIA NUM. 312 DE 2005 En Zaragoza, a treinta de marzo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo interpuesto por Agustín , sin profesional asignado.

Se interpone contra la Resolución dictada por el Subsecretario de Defensa el 20 de septiembre de 2000.

Es demandado el Ministerio de Defensa, representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Vicente Goñi Larumbe, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurrente, Sargento Primero del Cuerpo de Especialistas del Ejercito del Aire, en servicio activo desde el 15 de septiembre de 1984, y después de un periodo de formación, accedió a la condición de militar de carrera con la especialidad de radiotelegrafista.

Participó en las pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes militares de formación de grado superior para el Cuerpo de Intendencia de los Ejércitos, y si bien superó la primera prueba, fue declarado no apto en las pruebas médicas por miopía, y por propia iniciativa, se corrigió el defecto óptico mediante cirugía.

SEGUNDO

Posteriormente participó en las pruebas selectivas convocadas para el ingreso por promoción interna y cambio de cuerpo en el centro docente militar para acceso a la escala superior de Oficiales del Cuerpo General y del Cuerpo de Intendencia.

Sometido a nuevo examen medico, fue excluido por padecer hipoacusia en virtud del reconocimiento medico practicado el 25 de junio de 1997, haciendo constar en el acta que renunciaba a solicitar revisión, dejando constancia que era militar de carrera con 13 años de antigüedad y realiza trabajos administrativos y económicos.

TERCERO

El 4 de julio de 2000, volvió a solicitar el reconocimiento a opositar al Cuerpo de Intendencia como militar de carrera, petición que no fue admitida en resolución de 20 de septiembre de 2000, contra la que se interpone este...

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