SAP Madrid, 14 de Julio de 1997

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:1997:2528
Número de Recurso154/1996
ProcedimientoCOGNICIÓN
Fecha de Resolución14 de Julio de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

SENTENCIA

En Madrid, a catorce de Julio de mil novecientos noventa y siete.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución de contrato de arrendamiento por causa de necesidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandantes DON Bruno Y DON Ángel Daniel representados por el Procurador Sr. Conde de Gregorio y de otra, como apelada demandada DOÑA Dolores representada por la Procuradora Sra. Alvarez Alonso, seguidos por el trámite de juicio de cognición.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco ; Presidente de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 10 de enero de 1.996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Evencio CONDE DE GREGORIO, en representación de D. Bruno y D. Ángel Daniel, como actores, contra D. Marco Antonio y Dª Dolores, como demandados; no procede declarar la denegación de prórroga, y resolución del contrato de arrendamiento de fecha uno de junio de

1.975, celebrado entre D. Bruno como arrendador, y D. Marco Antonio, como arrendatario, en relación a la vivienda sita en esta ciudad, calle DIRECCION000 nº NUM000, NUM001 .- Con expresa imposición de costas procesales a los actores".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 8 de julio de 1.997.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejerciéndose en la...

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