SAN, 15 de Julio de 1998

PonenteMARGARITA ROBLES FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:1998:2706
Número de Recurso1248/1997

SENTENCIA

Madrid, a quince de julio de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos los autos del recurso contencioso administrativo nº 8/1248/97 que ante esta Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido la Procuradora Dª PATROCINIO

SANCHEZ TRUJILLO en nombre y representación de Dª Victoria frente a la

Administración General del Estado, representada por el Sr. Letrado del Estado, contra Resolución

del Excmo. Sr. Ministro del Interior de fecha 6 de Mayo de 1.997, denegando reconocimiento

condición de refugiado y derecho de asilo (que después se describirá en el primer fundamento de

Derecho) siendo Magistrado Ponente a la Ilma. Sra. Dª. MARGARITA ROBLES FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo, mediante escrito presentado el 22 de Diciembre de 1.997, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 23 de Enero de 1.998 con publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio prevenido por la Ley y con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó demanda, mediante escrito presentado el 8 de Abril de 1.998, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 28 de Abril de 1.998 en el cual, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Denegado el recibimiento a prueba, se dio para formalizar conclusiones a la parte actora, y, después, al Sr. Abogado del Estado, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Por Providencia de esta Sala, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 14 de Julio de 1.998, en el que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso-administrativo contra Resolución del Ministerio del Interior de 6 de Mayo de 1.997, por la que se deniega el derecho de Asilo a la hoy actora Dª Victoria, nacional de Guinea Ecuatorial.

Alega la recurrente que se ha trasladado a España, para reunirse con D. Franco, quien tiene aquí concedido ya asilo político, circunstancia primera negada en la resolución impugnada, donde se dice que no queda acreditada ni su personalidad, ni su nacionalidad ni el grado de parentesco con el Sr. Franco, decartándose igualmente que hubiera quedado acreditada cualquier persecución en relación a la actora.

SEGUNDO

A los efectos de la adecuada resolución del presente recurso, debe partirse de la reiterada jurisprudencia del tribunal Supremo, conforme a la cual es necesario tener en cuenta que a tenor del artículo 2 de la Ley 5/84 de 26 de Marzo, reguladora del derecho de Asilo y de la condición de...

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