SAP Navarra 1/2010, 11 de Enero de 2010
Ponente | AURELIO HERMINIO VILA DUPLA |
ECLI | ES:APNA:2010:53 |
Número de Recurso | 195/2009 |
Procedimiento | APELACION |
Número de Resolución | 1/2010 |
Fecha de Resolución | 11 de Enero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª |
S E N T E N C I A Nº 1/2010
Ilmo. Sr. Presidente:
D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. AURELIO VILA DUPLÁ
D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES
En Pamplona a 11 de enero de 2010.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres.
Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 195/2009, derivado de los autos de Juicio ordinario nº 201/2007, del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona; siendo parte apelante, la demandante, CONSTRUCCION Y DECORACION ZONA QUATRO S.L., representada por el Procurador D. Jaime Goñi Alegre y asistida por el Letrado D. Ignacio María Iraizoz Zubeldia; parte apelada, el demandado, D. Luis , representado por el Procurador D. Javier Araiz Rodríguez y asistido por el Letrado D. Juan Manuel Alonso Yerro.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado de esta Sección D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Con fecha 19 de enero de 2009, el referido Juzgado, en el citado procedimiento, dictó
Sentencia cuyo fallo literalmente dice:
"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por CONSTRUCCION Y DECORACION ZONA
QUATRO S.L. representado por el Procurador JAIME GOÑI ALEGRE y asistido por el Letrado IGNACIO MARIA IRAIZOZ ZUBELDIA contra OYONDOBA S.L., Valentín y Luis representado por el Procurador JAVIER ARAIZ RODRÍGUEZ y defendido por el Letrado JUAN MANUEL ALONSO YERRO; debo condenar y condeno a la empresa OYONDOBA S.L. al pago de 28.997,13 # más los intereses legales de esta cantidad mas las costas. Asimismo debo desestimar y desestimo la acción de responsabilidad ejercitada contra D. Valentín y D. Luis quedando absueltos de los pedimentos de la demanda, siendo sus costas de cargo de la actora.
Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de CINCO DÍAS.
Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo".
Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte apelante, CONSTRUCCION Y DECORACION ZONA QUATRO S.L..
En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , la parte apelada, D. Luis , evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación, solicitando su desestimación e interesando la confirmación de la sentencia de instancia.
Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido, habiéndose realizado el señalamiento correspondiente para deliberación y fallo.
a) La presente apelación trae causa de la demanda interpuesta por la entidad mercantil Construcción y Decoración Zona Quatro, S.L., solicitando la condena de la entidad mercantil Oyondoba, S.L. y sus administradores a pagar la cantidad de 28.997,13 euros, importe de las facturas impagadas.
La sentencia del Juzgado estima la demanda frente a la sociedad demandada y la desestima frente a los administradores codemandados.
Recurre la actora...
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