SAP Navarra 1/2010, 11 de Enero de 2010

PonenteAURELIO HERMINIO VILA DUPLA
ECLIES:APNA:2010:53
Número de Recurso195/2009
ProcedimientoAPELACION
Número de Resolución1/2010
Fecha de Resolución11 de Enero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

S E N T E N C I A Nº 1/2010

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES

En Pamplona a 11 de enero de 2010.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 195/2009, derivado de los autos de Juicio ordinario nº 201/2007, del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona; siendo parte apelante, la demandante, CONSTRUCCION Y DECORACION ZONA QUATRO S.L., representada por el Procurador D. Jaime Goñi Alegre y asistida por el Letrado D. Ignacio María Iraizoz Zubeldia; parte apelada, el demandado, D. Luis , representado por el Procurador D. Javier Araiz Rodríguez y asistido por el Letrado D. Juan Manuel Alonso Yerro.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado de esta Sección D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 19 de enero de 2009, el referido Juzgado, en el citado procedimiento, dictó

Sentencia cuyo fallo literalmente dice:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por CONSTRUCCION Y DECORACION ZONA

QUATRO S.L. representado por el Procurador JAIME GOÑI ALEGRE y asistido por el Letrado IGNACIO MARIA IRAIZOZ ZUBELDIA contra OYONDOBA S.L., Valentín y Luis representado por el Procurador JAVIER ARAIZ RODRÍGUEZ y defendido por el Letrado JUAN MANUEL ALONSO YERRO; debo condenar y condeno a la empresa OYONDOBA S.L. al pago de 28.997,13 # más los intereses legales de esta cantidad mas las costas. Asimismo debo desestimar y desestimo la acción de responsabilidad ejercitada contra D. Valentín y D. Luis quedando absueltos de los pedimentos de la demanda, siendo sus costas de cargo de la actora.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de CINCO DÍAS.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte apelante, CONSTRUCCION Y DECORACION ZONA QUATRO S.L..

CUARTO

En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , la parte apelada, D. Luis , evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación, solicitando su desestimación e interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido, habiéndose realizado el señalamiento correspondiente para deliberación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

a) La presente apelación trae causa de la demanda interpuesta por la entidad mercantil Construcción y Decoración Zona Quatro, S.L., solicitando la condena de la entidad mercantil Oyondoba, S.L. y sus administradores a pagar la cantidad de 28.997,13 euros, importe de las facturas impagadas.

La sentencia del Juzgado estima la demanda frente a la sociedad demandada y la desestima frente a los administradores codemandados.

Recurre la actora...

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