SAP Sevilla 388/1999, 16 de Abril de 1999

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Sevilla, seccion 5 (civil)
Fecha16 Abril 1999
Número de resolución388/1999

SENTENCIA 388

Ilmos. Sres.

D. Santos Bozal Gil

D. Pedro Márquez Romero

D. Conrado Gallardo Correa.

En la ciudad de Sevilla a dieciséis de abril de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio de cognición número 104 del año 1.996, seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Lora del Río, a instancias de CAJA POSTAL S.A. contra Doña María del Pilar , sobre reclamación de cantidad.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, dictada por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Lora del Río, con fecha trece de marzo de mil novecientos noventa y siete , en cuya parte dispositiva se establece que "estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de la entidad mercantil Caja Postal S.A., contra Dª María del Pilar , deba condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad reclamada, y que asciende a 282.134 pesetas, mas los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda. Igualmente, debo condenar y condeno a la demandada al abono de las costas originadas por el presente procedimiento".

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Recurrida dicha sentencia por la demandada, y admitida la apelación en ambos efectos, se remitieron los autos originales a este Tribunal.

SEGUNDO

Dada al recurso la tramitación debida, se celebró la correspondiente deliberación en el designado día cinco de abril pasado.

TERCERO

En la tramitación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS.- Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Pedro Márquez Romero

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se promueve demanda por la entidad Caja Postal S.A. con la pretensión esencial de que se condene a Doña María del Pilar a abonarle la cantidad de dosis ochenta y dos mil ciento treinta y cuatro pesetas, importe del saldo deudor existente a favor de la sociedad actora como consecuencia del contrato de cuenta corriente y de tarjeta de crédito que vincula a las partes en litigio; y puesto que en la sentenciadictada en la primera instancia se acogieron todos los pedimentos de la parte actora, la demandada, que estuvo en rebeldía durante la primera instancia, recurre dicha resolución judicial, alegando en esta alzada la...

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