SAP Cantabria 731/2001, 10 de Diciembre de 2001

PonenteEDUARDO SAIZ LEÑERO
ECLIES:APS:2001:3142
Número de Recurso267/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución731/2001
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 731/01

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Eduardo Saiz Leñero

Don José Manuel Fínez Ratón

En la Ciudad de Santander, a diez de diciembre de dos mil uno.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio de MENOR CUANTIA 267/00, Rollo de Sala núm. 267/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Santander.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVDª. DEL DIRECCION000 NUM000 , representada por el Procurador Sr. GARCIA VIÑUELA, y defendida por el Letrado D. Severino García Posada; y parte apelada Da Alicia , representada por la Procuradora Sra. DIEZ GARRIDO.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. D. Eduardo Saiz Leñero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 13 de febrero de 2001, Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Diez Garrido, en nombre y representación de Dª. Alicia , contra la Comunidad de Propietarios del edificio n° NUM000 de la Avenida del DIRECCION000 n° NUM000 de Santander, en la persona de su Presidente, representada por el Procurador Sr. García Viñuela, debo declarar y declara nulo por ser contrario de la Ley el acuerdo adoptado por la Junta General de Propietarios de dicha Comunidad de 16 de diciembre de 1.999, referido a la obra de instalación de gas en la Comunidad; condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y al abono de las costas causadas.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta SecciónCuarta, se señaló para deliberación y Fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la parte demandante en el litigio, en su calidad de opuesta al recurso de apelación deducido de contrario, se postula la íntegra confirmación de la sentencia del Juzgado; por ello ya no es preciso, en esta alzada, acometer el análisis de las causas de nulidad del acuerdo comunitario litigioso, invocadas en el originario escrito rector del procedimiento, y referidas a la ausencia de información previa, y al perjuicio que para la actora y otros condóminos supone el referido acuerdo, ya que por el Juzgador se rechaza ( sin duda acertadamente) la primera de ellas, y no se entra a conocer acerca de la segunda, por considerar suficiente con el fin de acordar la nulidad de tal acuerdo la falta de " quórum" idóneo para su adopción; causa, ésta última, sobre la que, por tanto, ha de...

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