SAP Ciudad Real 76/2001, 9 de Marzo de 2001

PonenteJOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA
ECLIES:APCR:2001:362
Número de Recurso541/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución76/2001
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 76/2001

En Ciudad-Real a nueve de marzo de dos mil uno.

La Sala de la SECCIÓN PRIMERA de la Audiencia provincial de esta Capital, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados al principio y margen relacionados, ha visto en grado de apelación el INCIDENTE sobre impugnación de tasación de costas, dinamante de ejecución de sentencia del Proceso Civil de Cognición número 135/98 del Juzgado de Primera Instancia nº DOS de MANZANARES, seguido entre hartes, de una como actor-incidentista, Don Jorge , demandado principal, y de otra, cono demandado-incidentista y actor principal, D. Luis Pedro , representado aquél en el incidente por la Procuradora Dª. María del Carmen Baeza Díaz-Portales y defendido por el Letrado D. José-Luis Arias Muñoz habiendo sido APELANTE D. Jorge ; cuya impugnación ha sido referida a los honorarios de Procurador en cuanto a la partida incluida en tasación de costas, que se dirá, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1ª Instancia nº. 2 de Manzanares dictó sentencia con fecha 29 de septiembre de 2000 en el incidente sobre impugnación de tasación de costas dimanante del J. Cognición referenciado, número 135/99, estimando en para te el mismo, por indebidas, aprobando la tasación practicada por el Juzgado con fecha 22-5-2000 con la alteración de excluida la cantidad de 3.372 atas relativa al concepto de tasación de costas minuta (sic.), sin declaración expresa de costas en dicho incidente de impugnación.

SEGUNDO

Notificada referida sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso deapelación en tiempo y forma por el actor-incidentista y demandado-condenado en el procedimiento de Cognición, admitiéndosele en un solo efectos y emplazando a las partes para ante esta Superioridad por plazo legal, con remisión de los autos, donde recibidos, se formó el correspondiente Rollo y se turnó la Ponencia por su orden, dándose en definitiva al recurso el trámite leal al haber comparecido las partes a usar de su derecho, en tiempo y forra en la alzada, señalándose día y dora para la vista del recurso, con citación de las partes y teniendo lugar la misma en la fecha fijada, conforme consta en diligencia extendida al efecto que obra al Rollo.

TERCERO

En la sustanciación del recurso han sido observadas las prescripciones legales.

Ha sido PONENTE el Iltmo. Sr. Presidente, Don JOSE MARIA TORRES Y FERNANDEZ DE SEVILLA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de la impugnación, que por vía del presente recurso se trae a conocimiento de esta Sala,...

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