STSJ Comunidad de Madrid 1154/2005, 7 de Diciembre de 2005

PonenteBERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
ECLIES:TSJM:2005:13573
Número de Recurso290/2005
Número de Resolución1154/2005
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTEANGELES HUET DE SANDEJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUJOSE LUIS QUESADA VAREABERTA MARIA SANTILLAN PEDROSAMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITAJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01154/2005

SENTENCIA Nº 1154

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Dª. Ángeles Huet Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

D. José Luis Quesada Varea

Dña. Berta Santillán Pedrosa

Dña. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

En la Villa de Madrid, a siete diciembre del año dos mil cinco.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo de este Tribunal Superior de Justicia, constituida por los Sres. expresados al margen, el presente recurso de apelación, número 290/05, contra el Auto de fecha 14 de marzo de 2005, dictado en el procedimiento abreviado número 118/05, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 27 de Madrid , en el que es parte apelante don Jesús Ángel asistido por la Letrada Doña Victoria Ortuño Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el proceso contencioso-administrativo de referencia el día 14 de marzo de 2005, se dictó Auto cuya parte dispositiva acuerda el archivo del recurso por no haber acreditado el Letrado la representación que afirma ostentar del recurrente. Previamente, por providencia de 17 de febrero de 2005, se había conferido al actor un plazo de diez días, bajo apercibimiento de archivo, para que acreditase su representación del recurrente, providencia que fue confirmada en súplica, dictándose posteriormente el auto aquí apelado por el que se archiva el recurso por esta causa.

SEGUNDO

Contra dicha resolución, la Letrada doña Victoria Ortuño Martín afirmando actuar en representación de don Jesús Ángel interpuso recurso de apelación en el que solicitaba la revocación de la resolución recurrida.

TERCERO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 7 de diciembre de 2005, en que tuvo lugar.

CUARTO

En la tramitación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.

Es ponente la Magistrada doña Berta Santillán Pedrosa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acto administrativo impugnado en el recurso contencioso administrativo del que esta apelación trae causa es la desestimación presunta de la solicitud de caducidad formulada en relación con la incoación del procedimiento de expulsión de don Jesús Ángel.

Presentado el escrito de interposición del recurso contencioso, por el Juzgado, mediante providencia, fue apreciada la ausencia del requisito consistente en la aportación del documento justificativo de la representación del interesado que se arrogaba la Letrada doña Victoria Ortuño Martín. Concedido un plazo para la subsanación de dicha falta, el Letrado aporta su nombramiento como Letrado del turno de oficio por el Colegio de Abogados de Madrid, recurriendo en súplica dicha providencia. El Juez dictó auto desestimando la súplica y, subsistiendo la falta de acreditación de la representación, se dicta el auto de archivo aquí apelado. La decisión judicial se fundamenta en el art. 24 de la LEC , en relación con el art. 23.1 de la LJCA , dada la ausencia de representación del Letrado.

Contra esta resolución se alza la parte recurrente en apelación, alegando los siguientes argumentos: primero, el nombramiento de oficio del Letrado director y el hecho de que la designación de oficio alcanza no sólo a la...

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