STSJ Galicia 104/2006, 8 de Febrero de 2006

PonenteFERNANDO SEOANE PESQUEIRA
ECLIES:TSJGAL:2006:318
Número de Recurso284/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución104/2006
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 104/2006

ILMOS. SRS.

D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA

Dª. MARÍA DOLORES GALINDO GIL

En la Ciudad de La Coruña, a ocho de febrero de dos mil seis.

En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000284 /2004 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Jesús María , representado por el Procurador D. JOSÉ MANUEL LADO FERNANDEZ y dirigido por el Letrado D. ÁNGEL PAZOS HUETE, contra RESOLUCIÓN 30/12/2003 DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL EN OURENSE DE LA CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, POR DELEGACIÓN, SOBRE AYUDAS EMPLEO AUTÓNOMO. Es parte como demandada LA CONSELLERIA DE ASUNTOS SOCIALES, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es 3.600 EUROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El actor solicitó ayuda de renta para inicio de actividad ante el Delegado Provincial en Ourense de la Consellería de Asuntos Sociais Emprego e Relacións Laborais de la Xunta de Galicia, en fecha 9 de julio de 2003, ante el silencio de la Administración, en fecha 16 de diciembre de 2003 denunció la mora, e interpuso el correspondiente recurso.- Su solicitud fue seguidamente denegada por resolución expresa del Delegado Provincial de dicha Consellería de fecha 30 de diciembre de 2003, la resolución denegatoria se fundamenta únicamente en considerar no cumplido el requisito de estar de Alta en la Seguridad Social en el momento de la solicitud, interpuesto recurso de reposición fue desestimado por resolución de 26 de febrero de 2004.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia estimando el recurso, anulando las resoluciones recurridas y declarando el derecho del actor a la ayuda solicitada, con efectos retroactivos a la fecha de la resolución denegatoria inicial o a la del silencio, más los intereses legales correspondientes.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y sesuplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. DON FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Jesús María impugna en esta vía jurisdiccional la resolución de 26 de febrero de 2004 de la Delegación provincial en Ourense de la Conselleria de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, desestimatoria del recurso de reposición deducido contra la de 30 de diciembre de 2003 por la que se deniega a la recurrente la subvención solicitada para la promoción de empleo autónomo en su modalidad de renta para inicio de actividad al amparo de la Orden de 16 de mayo de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2003 de los programas para la promoción del empleo autónomo y para la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

SEGUNDO

El actor solicitó la subvención de promoción de empleo autónomo en su modalidad de renta para el inicio de la actividad, en concreto para la de ingeniero técnico agrícola como autónomo individual, al amparo de la mencionada Orden de 16 de mayo de 2003, mediante escrito que figura presentado el día 9 de julio de 2003 (folio 1 del...

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