SAP Barcelona 224/2006, 27 de Marzo de 2006
Ponente | JESUS MARIA BARRIENTOS PACHO |
ECLI | ES:APB:2006:2352 |
Número de Recurso | 38/2006 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 224/2006 |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
Sección Octava
Ponente: Ilmo. Sr. Don Jesús M. Barrientos Pacho
Rollo nº 38/2006 R
P.A. nº 498/2005
Juzg. Penal 23 de Barcelona
Los Ilmos. Sres.:
D. Jesús M. Barrientos Pacho
D. JESUS NAVARRO MORALES
Da. ESMERALDA RIOS SAMBERNARDO
Dictan la siguiente
S E N T E N C I A nº
En Barcelona, a diecisiete de marzo de dos mil seis.
VISTOS, en nombre de S.M. el Rey, ante esta Sección Octava de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal número 38/2006, formado para substanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el día 23 de enero de 2006 por el Juzgado de lo Penal nº 23 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 498/2005, seguido por un delito contra la propiedad intelectual contra el acusado Eloy ; siendo parte apelante la acusada dicha; y parte apelada el Ministerio Fiscal.
Ha correspondido la ponencia al Ilmo. Sr. Don Jesús M. Barrientos Pacho, quien expresa así el criterio unánime del Tribunal.
Por el Juzgado de lo Penal nº 23 de Barcelona con fecha 23 de enero de 2006 se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado del margen, cuya parte dispositiva literalmente se decía que: "Que debo condenar y condeno a Eloy, como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual, previsto y penado en el artículo 270 del Código Penal de 1995, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, que deberá ser sustituida por la expulsión del territorio nacional durante el tiempo de diez años, y multa de doce meses con una cuota diaria de 3 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que resulten impagadas (¿), y al pago de las costas causadas en el proceso, debiendo indemnizar a las compañías cinematográficas en la suma que se determine en ejecución de sentencia correspondiente a los perjuicios causados.
Se decreta el comiso y destrucción de los dvds intervenidos.".
Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado Eloy, en cuyo escrito interesó la revocación de la sentencia recurrida y en su lugar se dicte otra absolutoria para el acusado en los mismos términos en los que había solicitado en sus conclusiones definitivas del juicio; y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que, por el término legal, formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado con el resultado que consta en las actuaciones, siendo éstas remitidas con posterioridad a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde, sin más trámite, quedaron los autos para sentencia.
Se admiten y dan expresa e íntegramente por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la sentencia recurrida.
HECHOS PROBADOS
Admitimos y hacemos nuestros en su integridad los declarados como tales en la sentencia recurrida
Se admiten, así mismo, y se dan también por reproducidos en esta alzada los fundamentos de derecho contenidos en aquella resolución.
La defensa del acusado Eloy acude en apelación para oponerse a la condena que le fue impuesta en la instancia, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, por la tenencia dispuesta para la venta a terceros...
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Comentario a Artículo 270 del Código Penal
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