SAP Barcelona 43/2006, 2 de Febrero de 2006

PonenteBLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO
ECLIES:APB:2006:14783
Número de Recurso559/2004
Número de Resolución43/2006
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

SENTENCIA num.

Ilmos. Sres. Magistrados

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH

D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO

En la ciudad de Barcelona, a dos de febrero de dos mil seis.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección 15ª de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de demanda incidental sobre modificación de la fecha de la retroacción de la quiebra num. 529/2002 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instrucción nº 2 (antiguo mixto 7) de Terrassa, a instancia de EUROFUND INVESTMENTS, S.A, representada por el Procurador Angel Quemada Cuatrecasas y defendida por la Letrada Dña. Monserrat López Bellosta, siendo parte la SINDICATURA DE LA QUIEBRA VOLUNTARIA DE UNIPARK GESTION DE GRANDES SUPERFICIES S.L, representada en la primera instancia por el Procurador por el Letrado D. Cesáreo Sauras Pons. Estos autos penden ante la Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia de fecha 22 de abril de 2004.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"Desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Pilar Montoya Pelayo, en nombre y representación de EROFUND INVESTMENTS S.A., DEBO DENEGAR Y DENIEGO la modificación de la fecha de retroacción de la quiebra que se fijó en el auto de fecha 7/9/1999 , dictado en los autos de la quiebra voluntaria de este mismo Juzgado nº 240/99 , con expresa imposición a la parte actora de las costas del presente incidente".

SEGUNDO

Contra la sentencia mencionada se interpuso recurso de apelación por la representación de EUROFUND INVESTMENTS S.A., mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que se opuso, tras lo cual, admitido que fue, se elevaron los autos a esta Sala, previo emplazamiento de las partes. Comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales. La votación y fallo del recurso se señaló para el día 21 de diciembre de 2005.TERCERO. En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos procesales, que no han podido ser antendidos todos.

Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La pretensión de la apelante EUROFUND INVESTMENTS S.A., consiste en la revocación de la sentencia por la que, siguiendo el criterio de la Sindicatura de la quiebra voluntaria de UNIPARK GESTION DE GRANDES SUPERFICIES S.L. y el del Comisario de la misma, el Juzgado denegó la modificación de la fecha de la retroacción de la quiebra fijada en el auto que la declaró, considerando que la solicitud de modificación fue extemporánea y que, en todo caso, la fecha fijada en el auto inicial era correcta según las circunstancias de la quebrada. La demandante en el incidente, por el contrario, rechaza esa interpretación, insistiendo en que no existe ninguna norma positiva ni criterio jurisprudencial que avale que dicha solicitud debería haberse ejercitado antes de que hubiera culminado el proceso de reconocimiento y graduación de los créditos, que el hecho de que ese plazo preclusivo no exista no crea ninguna inseguridad...

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