SAP Córdoba 105/2008, 28 de Marzo de 2008
Ponente | EDUARDO BAENA RUIZ |
ECLI | ES:APCO:2008:219 |
Número de Recurso | 96/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 105/2008 |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª |
1 SENTENCIA Nº 105/08 Iltmos. Sres.: Presidente:
D. Eduardo Baena Ruiz.
Magistrados:
D. Antonio Fernández Carrión
D. José María Magaña Calle.
APELACIÓN CIVIL
Juicio Verbal
número 407/07
Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lucena (Córdoba)
Rollo: 96/08
En la ciudad de Córdoba a veintiocho de marzo de dos mil ocho. Visto por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación interpuesto contra autos de Juicio Verbal número 407/07, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lucena (Córdoba), a instancia de D. Luis Pablo , representado por el Procurador Sr. Ruiz de Castroviejo y asistido por el Letrado Sr. Cid Luque, contra
D. Agustín Y GES COMPAÑÍA DE SEGUROS representados por el Procurador Sr. Otero López y asistidos del Letrado Sr. López Córdoba, pendientes en esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante, contra la sentencia recaída en los autos, siendo Ponente del recurso el Presidente de la Audiencia Iltmo. Sr. Don Eduardo Baena Ruiz. ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites, se dictó sentencia con fecha 28 de noviembre de 2007, por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 3 de Lucena (Córdoba), cuya parte dispositiva dice así: "1.- Se desestima íntegramente la demanda interpuesta por Luis Pablo frente a Agustín Y GES COMPAÑÍA DE SEGUROS HIERROS PACHECO S.L.2.- Se condena en costas a la parte actora.".
Contra dicha sentencia y por la representación de la parte demandante, se interesó la preparación del recurso de apelación, en escrito de fecha 11 de diciembre de 2007, que se tuvo por preparado por resolución del día 13 del mismo mes y año, emplazando a la recurrente para que lo interpusiera en el plazo legal, lo que verificó, recurso que fue admitido, emplazándose a las contrapartes por término legal, para que presentasen escrito de oposición o impugnación, en cuyo trámite presentaron escrito de oposición al recurso, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, donde se ha recibido y turnado.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Se aceptan los de la resolución apelada.
El recurso debe prosperar por entender esta Sala que la Juzgadora de instancia yerra respecto del...
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