SAP Barcelona 328/2008, 26 de Febrero de 2008
Ponente | CARMEN SANCHEZ-ALBORNOZ BERNABE |
ECLI | ES:APB:2008:10313 |
Número de Recurso | 208/2007 |
Número de Resolución | 328/2008 |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 9ª |
SENTENCIA Nº
Ilmos Sres.
Dª CARMEN SÁNCHEZ ALBORNOZ BERNABÉ
Dª MAGDALENA JIMENEZ JIMENEZ
D. JOSE MARIA TORRAS COLL
En la Ciudad de Barcelona a veintiséis de febrero de dos mil ocho.
VISTA, en grado de apelación, por los Iltmos. Sres, Magistrados de esta Sección Novena de la Audiencia Provincial, la causa anotada al margen procedente del Juzgado de lo Penal de Vilanova i la Geltrú asimismo indicado, seguida por delito de abandono de familia en la modalidad de impago de pensiones, contra Luis Francisco ; los cuales penden ante esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. ª Laura Arbones Ojeda, en nombre y representación de Luis Francisco , contra la Sentencia dictada en los mismo el día 9 de mayo de 2007, por el Magistrado Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguientes: FALLO: CONDENO a Luis Francisco como autor responsable de un delito de abandono de familia, a la pena de 15 arrestos de fin de semana y a pagar a Eva las cuantías adeudadas, desde el mes de enero de 2003 hasta el mes de abril de 2007, actualizándose la cuantía de la pensión con las fluctuaciones del IPC en cada una de las anualidades según cálculo que habrá de efectuarse en trámite de ejecución de sentencia, descontada la suma de 1.119 euros y en su caso aquella otra que pueda justificar haber satisfecho ya el penado en la ejecución civil seguida ante el Juzgado de Primera instancia número 5 de Gava, despachada contra sus bienes para el cobro forzoso de la misma deuda alimenticia.
Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Luis Francisco , que fue admitido, y comparecido el mismo, así como el Ministerio Fiscal, se siguieron los trámites legales, con el resultado que obra en la precedente diligencia; habiendo sido Ponente la Iltma. Sra.Dª CARMEN SÁNCHEZ ALBORNOZ BERNABÉ.
HECHO PROBADOS
SE ACEPTA el relato de hechos probados de la Sentencia apelada
Se alega como único motivo de recurso error en la valoración de la prueba, por entender que el recurrente carecía de capacidad de pago, dado que trabajaba de vigilante de seguridad y ganaba 290 euros mensuales, manifestación que no se realizó en el escrito de conclusiones, debiendo por tanto sufragar sus gatos de manutención con carácter previo, lo que le imposibilita para hacer frente al pago de la pensión alimenticia.
En este punto afirmar con...
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AAP Girona 52/2012, 20 de Marzo de 2012
...preadoptivo con resolución firme o con oposición desestimada judicialmente (en este sentido, entre otras, sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona de 26 de febrero de 2008, 24 de mayo de 2005, 9 de noviembre de 2004 ; sentencias de la Audiencia Provincial de Lleida de 31 de marzo ......