STSJ Canarias 78/2008, 25 de Julio de 2008
Ponente | FRANCISCO JOSE GOMEZ DE LORENZO-CACERES |
ECLI | ES:TSJICAN:2008:3199 |
Número de Recurso | 3/2008 |
Número de Resolución | 78/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Julio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº 78/08
Ilmos. Srs.:
Presidente:
Don Francisco José Gómez Cáceres
Magistrados:
Don Jaime Borrás Moya
Don Javier Varona Gómez Acedo
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de julio del año dos mil ocho.
Visto el recurso de apelación interpuesto por la entidad "Oliva Oceanidas, S.L.", representada por el Procurador don Tomás Ramírez Hernández, bajo la dirección del Letrado don José Antonio Mas Flores; siendo parte apelada el Ayuntamiento de La Oliva, representado por el Procurador don Manuel de León Corujo y dirigido por el Letrado don Juan Pedro Martín Luzardo. El recurso está promovido contra la sentencia dictada el día 22 de octubre del año 2.007 por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
La parte dispositiva de la sentencia impugnada, copiada literalmente, dice: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE el recurso interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Tomás Ramírez Hernández , en nombre y representación de la entidad OLIVA OCEANIDAS S.L., se declara la nulidad del acto administrativo identificado en el Antecedente de Hecho Primero de esta resolución, en cuanto a la
suspensión de la efectividad de los pagarés depositados no vencidos, confirmándose el resto del acto administrativo impugnado, sin realizar pronunciamiento condenatorio sobre costas procesales.".
Notificada la sentencia a las partes, se formuló el recurso de apelación a que hemos hecho mención, mediante escrito en el que, tras las correspondientes alegaciones, se interesó de este Tribunal una sentencia que anule la dictada por el Juzgado y, en consecuencia, anule en su integridad la actuación administrativa recurrida.
Oportunamente admitido el expresado recurso, la representación de la parte apelada formuló oposición e interesó la desestimación de la apelación. A continuación, el Juzgado elevó los autos a esta Sala, formándose el correspondiente rollo y señalándose para votación y fallo del presente recurso la audiencia del día 25 de julio del año 2.008 , en cuyo acto tuvo lugar su realización.Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Francisco José Gómez Cáceres, Presidente de la Sala.
Las razones que condujeron a la Juez "a quo" a resolver el recurso de la manera en que lo ha hecho están reflejadas con suma claridad en el fundamento jurídico tercero de la sentencia impugnada;...
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