STSJ Extremadura 109/2008, 18 de Junio de 2008

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2008:922
Número de Recurso27/2008
Número de Resolución109/2008
Fecha de Resolución18 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00109/2008

Rollo de Apelación: P. Ordinario nº 179/07

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de

Cáceres.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres.

Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 109

PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA /

En Cáceres a dieciocho de junio de dos mil ocho .Visto el recurso de apelación número 27 de 2008 interpuesto por Marcos contra la Sentencia nº 342 de fecha 12 DE NOVIEMBRE DE 2007 dictado en el recurso contencioso-administrativo Nº 179/007, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cáceres a instancias de D. Marcos sobre: "EXTRANJERIA".

C U A N T I A.- INDETERMINADA.-I.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 1 de Cáceres se remitió a esta Sala recurso contencioso- administrativo del P.O nº 179/07 sobre : Extranejería

.SEGUNDO: Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de Apelación por D. Marcos ; aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación por sentencia de nº 342/07 de fecha doce de noviembre de dos mil siete .

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia debido a la huelga que ha tenido lugar en el Ministerio de Justicia.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTO DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso que nos ocupa lo constituye la resolución de la Delegación del Gobierno de Extremadura en Cáceres de fecha 9 de marzo del año 2007, en la que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Cáceres de 5 de febrero de 2007, por la que se denegó a la hoy recurrente el permiso de trabajo solicitado a favor del súbdito marroquí Jose Augusto por considerar que crece de medios de vida suficientes para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000 en la modificación dada por la 8/2000, y el 53,1 ,f) del Reglamento aprobado por RD 2393/2004 . La Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres consideró que la Resolución recurrida era ajustada a derecho. El recurrente considera que ello no es ajustado a derecho. El Abogado del Estado insta la desestimación.

SEGUNDO

El tema de fondo se centra en dirimir si la causa de denegación del autorización de renovación de permiso de residencia por motivo de carecer de medios suficientes para atender las obligaciones derivados del contrato de trabajo, es o no ajustada a derecho. De...

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