SAP Cantabria 347/2008, 3 de Junio de 2008

PonenteMIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ
ECLIES:APS:2008:848
Número de Recurso190/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución347/2008
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA: 00347/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NUM. 190/07

Sección Segunda

SENTENCIA NUM. 347/08

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Miguel Fernández Díez.

Don Bruno Arias Berrioategortúa.

Doña Milagros Martínez Rionda.

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En la Ciudad de Santander a tres de junio de dos mil ocho.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes

Autos de juicio Ordinario número 261 de 2.006, Rollo de Sala número 190 de 2.007, procedentes del Juzgado de Primera

Instancia número Diez de Santander, seguidos a instancia de D. Inocencio contra Dña. Yolanda y D. Matías , representados por la procuradora Sra. Álvarez Murias; y contra Celisma Frarula S.L.,

en situación procesal de rebeldía.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Inocencio , representado por el Procurador D. José Luis

Aguilera San Miguel y dirigido por el Letrado Sr. Maza de Alaya; y partes apeladas: Dña. Yolanda ,

representada por la Procuradora Dª Ana María Álvarez Murias y dirigida por el Letrado Sr. Atares Lázaro; D. Matías y Celisma Frarula S.L., ésta última en rebeldía procesal.Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Diez de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 14 de noviembre de 2.006 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por DON Inocencio representado por el Procurador D. José Luis Aguilera contra CELISMA FRARULA SL, en situación de rebeldía procesal, y contra los HEREDEROS DE DON Juan Ignacio , representados por la Procuradora Dña Ana María Álvarez, condeno a CELISMA FRARULA , SL a abonar a la actora la cantidad de 11.690 euros más los intereses legales y costas procesales, absolviendo a los HEREDEROS DE DON Juan Ignacio de todas las peticiones de la demanda, condenado a la actora al pago de las costas procesales causadas respecto a ellos"

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación de D. Inocencio interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo se remitieron los autos a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se señaló para deliberación y fallo del recurso el día de hoy.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las...

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