SAP Madrid 280/2000, 3 de Julio de 2000

PonentePERFECTO AGUSTIN ANDRES IBAÑEZ
ECLIES:APM:2000:10062
Número de Recurso201/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución280/2000
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

SENTENCIA N° 280

Magistrados:

Perfecto ANDRES IBAÑEZ (Ponente)

Alberto JORGE BARREIRO

Adrian VARILLAS GOMEZ

En Madrid, a 3 de julio de 2000

Perfecto ANDRES IBAÑEZ, Magistrado de la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial, ha visto el recurso de apelación cuyos datos constan en la referencia.

En él se han personado como apelante Elvira ; como apelado MINISTERIO FISCAL

ANTECEDENTES
  1. La sentencia apelada declaró probado que: Sobre las 3,20 horas del día 24 de septiembre de 1999, la acusada Elvira nacida el día 29.3.67 de 32 años de edad y sin antecedentes penales, circulaba por la vía de servicio de la carretera A-6, conduciendo el vehículo marca Ford Fiesta, matrícula F-....-FP , sin tener las facultades necesarias para ello debido a la ingesta previa de bebidas alcohólicas, cuando al llegar a la altura del Km., 38,00, en el término municipal de Collado Villalba, fue parada por la Guardia Civil de Tráfico al objeto de someterle a un control preventivo de alcoholemia y observándole síntomas externos de intoxicación etílica procedieron a practicarle las correspondientes pruebas, las que, realizadas con un etilómetro marca DRAGER 7110 número ARKJ-0043, arrojaron un resultado positivo de 0,78 mlgrs de alcohol por litro de aire espirado en la primera y segunda pruebas practicadas a las 3,29 h y a las 3,45h. respectivamente, habiendo renunciado la acusada a la potestativa prueba de análisis sanguíneo.

En su parte dispositiva: Que debo condenar y condeno a Elvira como autora de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de tres meses de multa con una cuota de 1000 ptas., privación del permiso de conducir por quince meses y costas.II.- La recurrente funda su impugnación en que se ha valorado correctamente el dato de la incidencia de la medicación que toma en el metabolismo del alcohol, lo que hace que la afectación por éste que se le imputa no responda a la realidad.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia apelada.

MOTIVACIÓN

El examen de la actividad probatoria realizada en el acto del juicio y de la documentación relativa al test de alcoholemia pone de manifiesto, en primer término, que la propia interesada reconoce haber bebido media botella de vino, lo que acredita, ya por su propia declaración, que tenía una cantidad de alcohol no indiferente en su sistema digestivo.

Este dato resulta confirmado por la prueba que fue sometida, que debe,...

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