SAP Madrid 371/2005, 7 de Julio de 2005

PonenteMARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
ECLIES:APM:2005:8600
Número de Recurso453/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución371/2005
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

Dª. MARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUALD. GUILLERMO RIPOLL OLAZABALD. RAMON BELO GONZALEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00371/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42

-

N.I.G. 28000 1 7006776 /2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 453 /2003

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 715 /2002

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de MAJADAHONDA

Ponente:ILMA. SRA. DÑA. ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

MFG

De: CONSTRUCCIONES MARIANO TELLO SANCHEZ, S.A.

Procurador: MARIA TERESA MARCOS MORENO

Contra: LINEA DIRECTA ASEGURADORA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos. Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

Dª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a siete de julio de dos mil cinco.

La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal número 715/02, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandado Construcciones Mariano Tello S.A., y de otra, como apelado-demandante Linea Directa Aseguradora S.A.

VISTO, siendo Magistrado Ponente ILMA. SRA. DÑA. ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

La sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda, en fecha 9 de diciembre de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Don Adotino González Pontón en nombre y representación de LINEA DIRECTA ASEGURADORA, contra CONSTRUCCIONES MARIANO TELLO S.A. (COMTESA) y debo acordar los siguientes pronunciamientos: CONDENO A CONSTRUCCIONES MARIANO TELLO S.A. a que abone a LINEA DIRECTA ASEGURADORA la cantidad MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS (1349 euros) e intereses legales. Todo ello con expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 21 de febrero de 2005, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 5 de julio de 2005.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida.

PRIMERO

La entidad Línea Directa Aseguradora formuló demanda contra Construcciones Mariano Tello S.A. solicitando se le condenara al pago de cierta cantidad que se había visto obligada a satisfacer al propietario del vehículo con matrícula Y-....-YX, por ella asegurado, por la reparación de los daños habidos en él al caer la conductora de dicho vehículo, Dª Concepción, cuando circulaba con él mismo en un socavón abierto en la calzada de la calle Arquitectura, en su confluencia con la calle Cibeles, de la localidad de Pozuelo de Alarcón, siendo la entidad por ella demandada la encargada de la conservación y mantenimiento de la pavimentación de esta localidad, en virtud de contrato al efecto por ella suscrito con el Ayuntamiento de esta localidad.

Construcciones Mariano Tello S.A. se opuso a las pretensiones frente a la misma deducidas, alegando la excepción de prescripción de la acción de reclamación ejercitada, negando tuviera responsabilidad alguna en los hechos en base a los que se le reclamaba, no siendo posible, en cualquier caso, que ella hubiera previsto la apertura del socavón en que cayó la conductora del vehículo asegurado por Línea Directa, y existiendo, según entendía, una posible concurrencia de culpas.

La Juzgadora de instancia dictó sentencia desestimando la excepción de prescripción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR