STSJ Comunidad de Madrid 438/2005, 13 de Abril de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
ECLIES:TSJM:2005:4030
Número de Recurso829/2004
Número de Resolución438/2005
Fecha de Resolución13 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00438/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

APELACION Nº 829/2004

S E N T E N C I A Nº 438

PRESIDENTE

Don Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS

Doña Clara Martínez de Careaga y García

Doña Francisca Rosas Carrión

Doña María Jesús Vegas Torres

Don José Felix Martín Corredera

Don Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid a 13 de abril de 2005

Visto el recurso de apelación número 829/2004 que ante esta Sala ha promovido la Letrada Dª.María Isabel Herrero Sanz, en nombre de D Jose Carlos frente a la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2004 en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 25 de los de Madrid, en materia de expulsión, habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por la Abogacía del Estado y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Francisco Javier Sancho Cuesta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de julio de 2004 en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 25 de los de Madrid se dictó sentencia en cuya parte dispositiva se acordó desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución dictada por el Delegado del Gobierno en Madrid el 15-1-04, decretando la expulsión del territorio nacional del recurrente con prohibición de entrada en España por periodo de tres años.

SEGUNDO Con fecha 20 de septiembre de 2004 se interpuso recurso de apelación frente a la citada sentencia.

TERCERO Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la parte apelada para que formulara oposición lo que hizo mediante escrito en el que solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, se señaló para la votación y fallo el día 12-4-2005, en que se efectuó.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante sustenta la apelación alegando vulneración de la tutela judicial efectiva así como utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa.

La parte apelada alega que no existe falta de motivación y que no se ha presentado principio de prueba de arraigo.

SEGUNDO

Respecto a la alegada falta de motivación de la resolución recurrida, no cabe sino reiterar los argumentos que se contienen en el...

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