SAP Madrid 254/2005, 22 de Abril de 2005
Ponente | JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ |
ECLI | ES:APM:2005:4597 |
Número de Recurso | 150/2004 |
Número de Resolución | 254/2005 |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
D. JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZD. FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZAD. CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00254/2005
Fecha: 22 de Abril 2005
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN Nº 150/2004
Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
Apelante: CATALANA OCCIDENTE S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
PROCURADOR: Dª BEGOÑA FERNÁNDEZ JIMÉNEZ
Apelado: D. Jose Miguel
D. Ramón y
GRUAS MONCADA, S.L.
PROCURADOR: D. LUIS JOSÉ GARCÍA BARRENECHEA
SIN PROFESIONAL ASIGNADO y
SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 334/03
Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 7 DE ALCALÁ DE HENARES
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a veintidós de abril de dos mil cinco.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 334/2003, procedentes del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 7 de ALCALÁ DE HENARES, a los que ha correspondido el Rollo nº 150/2004, en los que aparece, como parte apelante, SEGUROS CATALANA OCCIDENTE, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora Dª BEGOÑA FERNÁNDEZ JIMÉNEZ, y, como apelados, D. Jose Miguel, representado por el Procurador D. LUIS JOSÉ GARCÍA BARRENECHEA, D. Ramón y GRUAS MONCADA, S.L., ambos SIN PROFESIONAL ASIGNADO en esta alzada, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ.
Que los autos originales núm. 334/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 7 de los de Alcalá de Henares, fueron remitidos a esta Sección Vigésimo quinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. Jesús María Hernández Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Alcalá de Henares, se dictó sentencia con fecha 2 de Diciembre de 2003, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "QUE ESTIMANDO EN PARTE la demanda interpuesta por el Procurador Ubaldo César Boyado Adanes, en nombre y representación de Jose Miguel, contra CATALANA OCCIDENTE DE SEGUROS representada por el Procurador Manuel Llamas Jiménez y Ramón y GRÚAS MONCADA S.L. sin profesional designado, DEBO CONDENAR Y CONDENO a dichos demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de 3.352 euros, y DEBO CONDENAR Y CONDENO a CATALANA OCCIDENTE DE SEGUROS a abonar al actor los intereses, incrementados en un 50%, devengados desde la fecha del 18 de mayo de 2002. En orden a las costas cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la que fue representación de la demandada CATALANA OCCIDENTE S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, el Procurador Sr. Llamas Jiménez, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigésimo quinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 21 de Abril del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Como motivos del recurso de apelación que interpone Catalana Occidente, S.A., se alegan la impugnación de la indemnización señalada en sentencia y la indebida condena al pago de los intereses previstos en el art. 20 LCS. En cuanto al primero, se discrepa de los conceptos y criterios de valoración del Juez a quo para establecer el quantum indemnizatorio y se incide en la procedencia de...
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