SAP Madrid 643/2004, 26 de Octubre de 2004

PonenteD. FELIX ALMAZAN LAFUENTE
ECLIES:APM:2004:13637
Número de Recurso12/2004
Número de Resolución643/2004
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

Dª. LOURDES RUIZ DE GORDEJUELA-LOPEZD. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZD. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00643/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 12 /2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

En MADRID, a veintiséis de octubre de dos mil cuatro.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 646 /2002 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 37 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante D. Alfonso, representado por el Procurador Sr. Carreras de Egaña y de otra, como apelado EGASA MADRID,S.A., representado por la Procuradora Sra. Juarez Pérez, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 37 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 21 de noviembre de 2003, cuya parte dispositiva dice: "1º/ Que estimando la demanda interpuesta en nombre de EGASA MADRID, S.A. contra D. Alfonso debo declarar y declaro resuelto el contrato suscrito entre las partes en fecha 19 de Marzo de 2001. 2º/ En consecuencia, debo condenar y condeno al referido demandado a abonar a la actora la cantidad de mil quinientos setenta y siete euros con sesenta y seis céntimos (1.577,66 euros) en concepto de préstamo no amortizado, con los intereses moratorios calculado al 16%, así como la cantidad de cuatrocientos cincuenta y cinco euros con cuarenta y dos céntimos (455,42 euros) en concepto de recaudaciones dejadas de percibir y ocho mil euros (8.000,00 euros) en concepto de indemnización de daños y perjuicios. 3º/ Las costas se imponen a la parte demandada". Notificada dicha resolución a las partes, por Alfonso se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que lo impugno. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 20 de octubre de 2003, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, en todo cuanto no sea contradicho por los siguientes; y:

PRIMERO

La presente causa se circunscribe a una reclamación de cantidad dimanantes del contrato de explotación de máquinas recreativas suscrito por la actora apelada EGASA MADRID, S.A. y el demandado-recurrente DON Alfonso, en fecha, diecinueve de Marzo de 2.001, por un plazo inicial de cuatro años, tácitamente prorrogables por períodos sucesivos anuales a no ser que cualquiera de las partes los denuncie con seis meses de antelación a su vencimiento, centrándose la reclamación en cuestión, respecto a la indemnización pactada en la condición general octava para los supuestos de resolución unilateral de los contratos, cláusula que, la Juzgadora de instancia, haciendo uso de las facultades establecidas en el artículo 1.154 del Código Civil, ha sido moderada en la sentencia de instancia, fijando esta indemnización en 8.000 euros, cantidad que sumada a 1.577,666 euros, importe del préstamo no amortizado, en su día concedido al demandado, y a 455,42 euros, en concepto de recaudaciones dejadas de percibir, constituyen la condena recogida en la sentencia...

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