STSJ Comunidad de Madrid 334/2005, 10 de Mayo de 2005

PonenteMANUEL POVES ROJAS
ECLIES:TSJM:2005:5286
Número de Recurso6005/2004
Número de Resolución334/2005
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Social

D. JOSE MALPARTIDA MORANOD. MANUEL POVES ROJASDª. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ

RSU 0006005/2004

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00334/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª

MADRID

Ilmo. Sr. D. José Malpartida Morano :

Presidente :

Ilmo. Sr. D. Manuel Poves Rojas :

Ilmo. Sr. Dª Begoña Hernani Fernández :

En Madrid, a 10 de Mayo de 2005

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 334

En el recurso de suplicación nº 6005/04-5ª interpuesto por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A., representado por la Letrado DON JOSE RAMON CAMARERO POMAR, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUMERO 18 de Madrid, en autos núm. 19/04 siendo recurrido DON Esteban, representado por el Letrado D. CARLOS A. GARCIA NOVIO. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Manuel Poves Rojas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por DON Esteban, contra BBVA en reclamación sobre CANTIDAD en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 30 de junio de 2004, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

En fecha 22 de diciembre de 2000 se constituye la sociedad Escuela de Finanzas BBVA, S.A., por el BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., que suscribe 199.999 de las 200.000 acciones y CIDESSA UNO, S.L., que suscribe 1 acción. El objeto de la sociedad es realizar actividades docentes, formativas o de investigación relacionadas con las finanzas.

SEGUNDO

Se publicó una convocatoria, en el año 2001, en la que consta "BBVA selecciona jóvenes universitarios para la Escuela de Finanzas BBVA y su posterior incorporación al Grupo". Se establece: "Los candidatos seleccionados disfrutarán de una beca BBVA durante su estancia en la Escuela, así como financiación de sus estudios. Su incorporación al Grupo BBVA estará condicionada a la superación de las pruebas que se establezcan en los distintos planes de estudios y a la aceptación de las condiciones establecidas para cada curso". Se convocan 8 títulos de cursos con distinta duración y un proceso de selección de candidatos (folio 122).

TERCERO

El actor se presenta y es seleccionado.

CUARTO

El 9 de julio de 2001, entre BBVA y el actor, se firma contrato en el que se manifiesta que el actor fue seleccionado para disfrutar de una beca, que concede el BBVA como ayuda económica para posibilitar estudios especializados relacionados con el Curso de Análisis Financiero y Gestión de Activos en la Escuela de Finanzas, y se pacta como cláusula tercera: "Que el BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., no adquiere con D/Dña. Esteban más compromisos que los estipulados en este documento y en el Reglamento operativo Anexo, por lo que, en ningún caso, se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral". Se dan por reproducidos los folios 123 a 125. La dotación económica de la beca es de 165.000 ptas. Mensuales (desde septiembre de 2001) y 200.000 ptas., mensuales desde septiembre de 2002 hasta finalización del curso. El BBVA ofrece a los becarios seleccionados "un crédito de estudios con el fin de financiar el coste de la Matrícula de la Escuela y los gastos de enseñanza (cuotas mensuales), a través de una cuenta de crédito con garantía personal, a firmar con el Banco por el interesado y sus padres". Y se pacta como cláusula 6ª -Obligaciones del Becario: "El Becario deberá cursar con aprovechamiento los estudios correspondientes y superar las distintas evaluaciones establecidas para los mismos, que serán impartidos en Bilbao y Madrid, dependiendo del desarrollo de los cursos y de los planes de estudios. Podrán realizarse períodos de prácticas en Madrid u otras plazas donde el Grupo BBVA España tenga oficinas. La Beca podrá ser revocada libremente y en cualquier momento por el BBVA, en el supuesto de que la dedicación, rendimiento y aprovechamiento en los estudios correspondientes, por parte del Becario, no alcanzara el nivel satisfactorio a juicio de la Escuela de Finanzas". Y como cláusula 8ª -Posibilidad de incorporación al Grupo BBVA: "El Becario, al finalizar sus estudios, podrá recibir una oferta de incorporación al Grupo BBVA en España u otros países, para realizar trabajos profesionales relacionados con las actividades objeto de su proceso de formación. La Unidad y puesto de destino, se determinará en función de la formación recibida, de las capacidades demostradas durante la misma, así como de las necesidades existentes".

QUINTO

Se suscribe, el 9 de julio de 1001, un crédito para financiar el coste de los estudios del curso de Análisis Financiero y Gestión de Activos (23 meses). La cuenta de crédito se suscribe con garantía personal del becario y sus padres y sólo puede disponerse para efectuar pagos derivados del coste de matrícula y las cuotas mensuales de enseñanza. Se concede 9,5 millones para el pago de 23 cuotas de 300.000 ptas./mes más IVA, el pago de matrícula 600.000 ptas. Más IVA. El actor da autorización permanente a BBVA para transferir a la Escuela de Finanzas la cantidad inicial y las mensualidades al inicio de cada mes. Se pacta cómo se amortizará el crédito. Se dan por reproducidos los folios 19 a 22. La Escuela exigía firmar la póliza para empezar el curso. Consta expresamente para el caso de consolidación en plantilla de Grupo BBVA: "7.3- Consolidación en plantilla Grupo BBVA: En este supuesto, la amortización del crédito de estudios, junto con sus intereses, se realizará por el Becario de la siguiente forma: BBVA concederá al Becario una gratificación extraordinaria del 50% del total al finalizar el 2º año de su incorporación a la plantilla del Grupo BBVA y el 50% restante al cumplirse el tercer año de esta incorporación. Es condición básica e imprescindible para ello que el Becario siga prestando servicios (con resultados positivos, según evaluaciones que efectúe su Jefe respectivo), en la plantilla del Grupo BBVA. Si antes de la cancelación total del saldo pendiente del crédito, el Becario abandonara por cualquier causa el Grupo BBVA, deberá liquidar, a su cargo, en ese momento, dicho saldo pendiente (principal más intereses). 7.4 - No consolidación en plantilla Grupo BBVA por iniciativa del Grupo: En el caso excepcional que se produjese este supuesto (incapacidad de trabajar en equipo, mal...

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