Sentencia AP Valencia, 10 de Enero de 2001

Procedimiento150488
Fecha de Resolución10 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Valencia

Sentencia de 10 de enero de 2001

AP de Valencia Seccion Tercera

Sentencia N° 4-2.001

Ponente: Doña Regina Marrades Gomez

Nulidad de actuaciones

Casuismo

Quebrantamiento de normas y garantías procesales

Ausencia del acusado en el juicio

Se entiende que lo determinante es la pena que se pida para cada una de las infracciones, que en concurso real o ideal, sean objeto de acusación.

Del escrito de acusación es de ver que para ninguna de las infracciones se solicita mas deun año de prisión. El legislador estableció, el límite en atención a la pena solicitada en concreto por la mas grave de las acusaciones, sin atender al conjunto temporal ni al criterio de la pena en abstracto atribuida la delito.

Legislación Citada: Lecrim art. 793-1; CE art. 24.

Ilmas. Señorías:

Presidente: Don Mariano Tomas Benitez

Magistrada: Doña Regina Marrades Gomez

Magistrado: Don Jose Luis Vera Llorens

En la ciudad de Valencia, a diez de enero de dos mil uno.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2.000, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de los de Valencia, seguido en el expresado Juzgado con número 129/2.000, que a su vez dimana del Procedimiento Abreviado número 35/99, dimanante de Diligencias Previas núm. 2903/98, seguido en el Juzgado de Instrucción número 4 de Paterna, por delito Contra la seguridad del tráfico y resistencia.

Han sido partes en el recurso, como apelante, J.U.N., representado por el Procurador de los Tribunales Dª. Miriam Lopez Usero, y bajo la dirección letrada de Dª. Amparo Moreno Chover; y como apelado, el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª. Rosa Mª. Ruiz Ruiz, siendo Ponente la Magistrada doñaRegina Marrades Gomez, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: "Que sobre las 16,50 horas del día 28 de diciembre de 1998, el acusado, J.U.N., mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el ciclomotor Derby Variant con placa municipal de Paterna n° 0000 por esta población, cuando a la altura de la calle Vicente Mortes, con motivo de circular sin casco reglamentario y acompañado de un usuario, le fue dado el alto por la Policía Local. El acusado hizo caso omiso de las indicaciones de los agentes emprendiendo una fuga acelerada por la villa pese a las señales acústicas y luminosas de detenciónemitidas por los agentes. En la huida, el acusado, con absoluta omisión de las mas elementales normas de prudencia y cuidado en la circulación, rebasó varios semáforos en rojo, no respetó el flujo de peatones en un paso de cebra e invadió el sentido contrario de circulación obligando en varias ocasiones a otros usuarios de la vía y a peatones, a apartarse para evitar ser colisionados o atropellados respectivamente.

Finalmente la Policía consiguió que el acusado detuviese su marcha y procedió a cachearlo a lo que aquel se resistió propinando un empujón con la mano al agente n° 00 en el pecho."

SEGUNDO

El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a J.U.N., como autor responsable voluntario y directo de un delito contra la seguridad del tráfico y un delito de desobediencia y resistencia a los agentes de la autoridad, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 7 meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de dieciocho meses, por el primer delito, y a la pena de 7 meses de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, condenándole igualmente al pago de las costas."

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de J.U.N., se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó,...

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