Pleno. Auto 69/2023, de 21 de febrero de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 5630-2022. Declara la pérdida sobrevenida de objeto de la recusación formulada en el recurso de inconstitucionalidad 5630-2022 e inadmite las planteadas en otros siete recursos de inconstitucionalidad.

MarginalBOE-A-2023-8220
EmisorTribunal Constitucional
Rango de LeyRecurso de inconstitucionalidad

ECLI:ES:TC:2023:69A

El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga y don César Tolosa Tribiño, en los recursos de inconstitucionalidad núm. 998-2021, 1798-2021, 1828-2021, 3101-2021, 4313-2021, 4977-2021, 5305-2021 y 5630-2022, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

  1.  El 20 de enero de 2023 fue registrado en este tribunal escrito por el que don Manuel Sánchez Puelles González-Carvajal, procurador de los tribunales, y don Jaime de Olano Vela, abogado, en su condición de comisionado, promueven la recusación de la magistrada doña Laura Díez Bueso en nombre y representación de los diputados recurrentes en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5630-2022, integrantes del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo Parlamentario Ciudadanos en el Congreso de los Diputados. El recurso de inconstitucionalidad de referencia se planteaba contra los arts. 2 a) y d), 3.1 y 4.1 del Decreto-ley de la Generalitat de Cataluña 6/2022, de 30 de mayo, por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, aprobación, validación y revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos y los arts. 2.1 y 2.4 de la Ley del Parlamento de Cataluña 8/2022, de 9 de junio, sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.

    En el escrito de recusación se pone de manifiesto que la magistrada señora Díez Bueso ha sido miembro del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña entre el 9 de mayo de 2022 (nombramiento por Decreto 92/2022, de 3 de mayo, del presidente de la Generalitat de Cataluña) y el 9 de enero de 2023, fecha en que tomó posesión como magistrada del Tribunal Constitucional. También se expone que, la magistrada, a la sazón vicepresidenta del Consejo, participó en la emisión del Dictamen 3/2022 de 7 de junio, sobre la proposición de ley sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria (posteriormente Ley del Parlamento de Cataluña 8/2022, de 9 de junio, sobre el uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria); y del Dictamen 4/2022, de 20 de junio, sobre el Decreto-ley de la Generalitat 6/2022, de 30 de mayo, por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos. Ambas disposiciones legales son objeto del recurso de inconstitucionalidad núm. 5630-2022.

    A juicio de quienes plantean la recusación, la participación de la magistrada doña Laura Díez Bueso en la emisión de los dictámenes referidos supone que esta incurra en las causas de abstención o recusación establecidas en los apartados 6, 13 y 16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

  2.  El 31 de enero de 2023 fueron registrados en este tribunal otros siete escritos en los que se promueve asimismo la recusación de la magistrada doña Laura Díez Bueso. Presenta la recusación el procurador de los tribunales don Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, bajo la dirección letrada de don Jaime de Olano Vela, abogado y comisionado de los diputados recurrentes en los siguientes recursos de inconstitucionalidad:

    a) Recurso de inconstitucionalidad núm. 998-2021, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra diversos apartados e incisos del Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

    b) Recurso de inconstitucionalidad núm. 1798-2021, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra el art. 66 y la disposición derogatoria primera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021.

    c) Recurso de inconstitucionalidad núm. 1828-2021, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular y del Grupo Mixto en el Congreso contra diversos apartados de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

    d) Recurso de inconstitucionalidad núm. 3101-2021, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones.

    e) Recurso de inconstitucionalidad núm. 4313-2021, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

    f) Recurso de inconstitucionalidad núm. 4977-2021, interpuesto por más de cincuenta...

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