Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual (Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre)

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En fecha 23 de noviembre de 2022 se publica en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios. Esta ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación, esto es, el 24 de noviembre de 2022.

Las medidas de este real decreto-ley configuran una solución para el alivio del impacto de la subida de los tipos de interés de las economías domésticas, dotando de certidumbre a su planificación financiera. Las medidas se estructuran en torno a tres ejes, que guardan una conexión directa a inmediata con la extraordinaria y urgente necesidad: (i) el alivio de la carga hipotecaria de los hogares de clase media en riesgo de vulnerabilidad; (ii) la reestructuración de la deuda de los hogares vulnerables; y (iii) mejoras estructurales dirigidas a fortalecer el mercado hipotecario, aumentando la competencia y la transparencia.

Se refuerza el Código de Buenas Prácticas vigente

Para que pueda cubrir a los deudores vulnerables afectados por subidas de tipos de interés que alcancen niveles de esfuerzo hipotecario excesivos, ante cualquier incremento del esfuerzo hipotecario

Se considerarán deudores vulnerables aquellos hogares que tengan una renta de 3 veces el IPREM (el indicador de renta de efectos múltiples) que serían unos 24.500 euros, cuya carga hipotecaria sea de un 50% de la renta y vean incrementarse un 50% su esfuerzo hipotecario.

Estos deudores tendrán con el nuevo código la posibilidad de reestructurar el préstamo hipotecario con un tipo de interés más bajo durante la carencia del principal de 5 años, con un pago de unos intereses de euríbor menos 0,1 frente a los actuales de euríbor más 0,25 del actual Código de Buenas Prácticas.

Asimismo, se amplía a 2 años frente a los 12 meses actuales el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario.

Además, se elimina la necesidad de que se cumpla con el criterio del incremento de un 50% del...

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