Las zonas francas y la internacionalización de las actividades económicas

AutorJaime Aneiros Pereira
Cargo del AutorProfesor de Derecho Financiero y Tributario Universidad de Vigo
Páginas49-69
LAS ZONAS FRANCAS
Y LA INTERNACIONALIZACIÓN
DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Jaime A P
Profesor de Derecho Financiero y Tributario
Universidad de Vigo
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.—2. LAS ZONAS FRANCAS DESDE LA PERSPECTIVA DE
LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES: 2.1. La OCDE y los incentivos scales: de la
Harmful Tax Competition a la Base Erosion and Prot Shifting. 2.2. La Organización Mundial del
Comercio y los subsidios prohibidos.—3. LAS LIMITACIONES DERIVADAS DEL DERECHO
EUROPEO PARA LAS ZONAS FRANCAS.—4. LA DIVERSIDAD DE ÁREAS EXENTAS,
FREE ZONES O ZONAS FRANCAS EN EL ARCO OCCIDENTAL DE EUROPA.—5. CON-
CLUSIONES.
1. INTRODUCCIÓN
Según la World Free Zones Organization, hay más de 3.500 áreas
exentas —free zones— repartidas a lo largo de más de 135 países 1. La
tipología es variada, pues van desde Free Ports a otro tipo de guras
como las Special Economic Zones, las Free Trade Zones o las Export
Processing Zones, pero suelen identicarse por ser zonas delimitadas fí-
sicamente respecto del territorio del país en el que se encuentran y por
formarse para favorecer el comercio internacional, teniendo un régimen
scal especial.
1 https://www.worldfzo.org/Pages/Background.aspx (9 de abril de 2018).
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Su ubicación se encuentra tanto en países desarrollados como en países
que quieren desarrollarse a nivel internacional. Los datos nos indican que
más de 60 millones de personas trabajan en estas zonas, lo cual supone un 3
por 100 de la población mundial, y que un buen número de la inversión ex-
tranjera se canaliza en estas zonas 2. En ocasiones, estas zonas se usan como
sede de holdings o liales de grandes multinacionales, al estilo de un «offs-
hore investment hub» 3, y en otros casos, para realizar actividades logísticas,
de fabricación o de producción. En una economía de mercado, los inversores
tienen en cuenta estas situaciones, así como otras que dependen de la mano
de obra, las materias primas, las infraestructuras, la localización, así como
la seguridad jurídica y la tributación 4.
Por áreas geográcas, destaca la zona Asia-Pacíco —especialmente
con China, Hong Kong y Singapur—, Centroamérica —con México, Pana-
má y Costa Rica como países relevantes—, África —especialmente la Atlan-
tic Free Zone de Marruecos—, Estados Unidos y Europa.
En la Unión Europea existen algo más de 80 Zonas Francas, en sentido
estricto, a lo largo de 23 países 5 que se reparten entre Alemania (4), Bulgaria
(12), Croacia (13), Chipre (2), República Checa (9), Dinamarca (1), Eslove-
nia (1), España (5), Estonia (4), Finlandia (6), Francia (2), Grecia (4), Ho-
landa (1), Irlanda (2), Italia (3), Letonia (4), Lituania (1), Luxemburgo (1),
Malta (1), Polonia (7), Portugal (1), Rumanía (6) y Reino Unido (1). A ellas
hay que unir otras guras como los depósitos francos y otras modalidades
de regímenes especiales que tratan de favorecer el comercio internacional,
principalmente a través de la suspensión del devengo del IVA y los impues-
tos aduaneros.
Esta diversidad de tipologías y de países, así como de las actividades
que se desarrollan, hace que existan multitud de regímenes jurídicos. Así, en
algunos casos nos encontramos con una regulación detallada en cada país
y, en otros, el régimen jurídico se deriva de diversas normas sectoriales o
de carácter supranacional. La Foreign Trade Zones Act de Estados Unidos
puede ser un ejemplo signicativo de regulación nacional. En otros casos,
la regulación comprende a un número de países, como puede suceder en la
Unión Europea con el Reglamento aduanero.
Estos regímenes tienen en común la facilitación del comercio inter-
nacional, con incentivos scales y aduaneros entre otros, pero dieren en
2 Véase A. L, «Special Tax Zones in Developing Countries and Global Tax Policy»,
IBFD Bulletin, núm. 70, 2016, p. 11, que sitúa en más de un 50 por 100 de la inversión mundial en estas
zonas.
3 J. O, Tax and investment: UNCTAD’s contribution to the BEPS debate, International Tax
Review, octubre de 2015, p. 37.
4 A. E, Tax Incentives for Foreign Direct Investment, Kluwer Law International, 2004, p. 176.
5 http://ec.europa.eu/taxation_customs/sites/taxation/les/resources/documents/customs/procedu-
ral_aspects/imports/free_zones/list_freezones.pdf (9 de abril de 2018).

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