Vulnerabilidad del espacio marítimo en la UE: Hacia una política de protección marítima en el marco de la política marítima integrada

AutorJosé Manuel Sobrino Heredia
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Internacional Público, Instituto Universitario de Estudios Europeos 'Salvador de Madariaga', Universidade da Coruña
Páginas29-52
VULNERABILIDAD DEL ESPACIO MARÍTIMO EN
LA UE: HACIA UNA POLÍTICA DE PROTECCIÓN
MARÍTIMA EN EL MARCO DE LA POLÍTICA
MARÍTIMA INTEGRADA
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Catedrático de Derecho Internacional Público
Instituto Universitario de Estudios Europeos “Salvador de Madariaga
Universidade da Coruña
1. INTRODUCCIÓN
Los mares y los océanos forman parte de la historia de Europa y de su futuro. La
interacción entre Europa y el mar es intensa, variada y vital para su bienestar y pros-
peridad. La superficie de la UE, verdadera península marítima, es más mar que tierra,
los espacios marítimos bajo su soberanía o jurisdicción, incluyendo las regiones ultra-
periféricas, son los más extensos del mundo, casi 20 millones de Kilómetros cuadra-
dos, y su ZEE la mayor del planeta.
Dos océanos y cuatro mares (los océanos Atlántico y Ártico y los mares Báltico,
del Norte, Mediterráneo y Negro) bañan la UE, y 70.000 km de costa, pertenecientes
a 23 de sus 28 Estados miembros, representan el litoral más extenso de la tier ra, alber-
gando al 40% de su población y a unas actividades económicas que representan casi la
mitad de su PIB. 1.200 puertos contribuyen a ello, así como una de las flotas mercan-
tes más grande del mundo y un sector pesquero que aún sigue estando entre los cinco
más pujantes del planeta.
Por otro lado, como principal socio comercial internacional la UE genera un in-
tenso tráfico comercial, buena parte del mismo se canaliza vía transporte marítimo
(90% del comercio exterior y el 43% del comercio interior de la Unión pasan por el
mar), en particular aquél que se refiere al tráfico de combustibles fósiles y nucleares
del que tan dependiente es su economía1.
1 En diversos ámbitos la UE es la principal potencia marítima internacional, por ejemplo, en el trans-
porte marítimo. Este transporte y los puertos por los que transita son fundamentales para el comercio
José Manuel Sobrino Heredia
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Estos y otros datos bien conocidos referidos a la construcción naval, a las activida-
des portuarias, a la producción de energía en el mar, al turismo costero y marítimo2,
o el mero, pero significativo hecho, de que más del 70% de las fronteras exteriores de
la Unión sean marítimas, explican el por qué los mares y océanos son una fuente de
riqueza, pero, al mismo tiempo, origen de múltiples conflictos y preocupaciones para
la UE, algunos de ellos ligados a su seguridad y protección marítima.
La importancia del mar para la UE unido a la vulnerabilidad de los espacios ma-
rítimos consustancial a su naturaleza3, acrecentada por una diversidad de riesgos y
amenazas de muy variados orígenes pero, en todo caso, más fácilmente enmascarables
en el mar que en la tierra, ha llevado a las autoridades europeas a introducir el tema
de la seguridad y protección marítima en la agenda de su Política Marítima Integrada.
En el fondo de ello late el convencimiento de que los riesgos y amenazas que afectan
a la seguridad marítima pueden desbordar, en determinadas situaciones, las capaci-
dades nacionales de los Estados miembros de la Unión, así como que la vigilancia de
las costas, puertos y aguas comunitarias precisa de unos recursos muy considerables
(medios aéreos, buques, satélites, sistema de búsqueda e identificación de navíos) no
siempre al alcance de todos sus Estados miembros, y que la eficacia de los mismos se
incrementaría si estos se integrasen en unas estrategias europeas.
A ello se une un hecho, y es que la inseguridad marítima o la percepción en la
opinión pública europea de que esta inseguridad existe han aumentado. La crimina-
lidad en y desde el mar y en instalaciones conexas se ha multiplicado. Tal y como
ocurre, por ejemplo, con la piratería, el terrorismo, la intensificación del tráfico ilegal
de inmigrantes por vía marítima, la explotación ilegal o no regulada de los recursos
marinos, la destrucción y degradación intencionada del medio marino, los actos con-
tra el patrimonio cultural subacuático y otras formas de delincuencia organizada que
afectan a los mares y océanos y ponen en peligro la seguridad marítima europea.
europeo, en el sentido de que 90% del comercio exterior y 43% del interior utiliza la vía marítima. 40% de
la flota mundial lleva pabellón de Estados miembros de la UE, 350 millones de personas transitan por los
puertos marítimos europeos. Como se recoge en el Libro verde sobre la Política marítima la casi totalidad
del comercio exterior de la CE y cerca de la mitad de los intercambios interiores pasan por los cerca de mil
puertos repartidos en los veinte Estados miembros costeros de la Unión. No hay que olvidar, tampoco, al
turismo que elige las costas europeas que es muy numeroso y una fuente económica esencial para muchas
regiones europeas. El turismo de crucero conoce igualmente un crecimiento importante. En fin, el mar
constituye un factor fundamental en la seguridad del aprovisionamiento energético de la Unión. Comuni-
cación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, el Comité Europeo de las Regiones y al Comité
Económico y Social: “Libro Verde. Hacia una futura política marítima de la Unión. Perspectiva europea de
los océanos y de los mares”, COM (2006) 0275 final, Bruselas, 7.6.2006.
2 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, el Comité Europeo de las Re-
giones y al Comité Económico y Social: “Una política marítima integrada para la Unión Europea”, COM
(2007) 575 final, Bruselas, 10.10.2007.
3 Como dice el Parlamento Europeo, “(…) los espacios marítimos son abiertos, inmensos y sin más
límites que las jurisdicciones marítimas; (…) los espacios marítimos resultan difíciles de controlar, en
especial dado que el Derecho marítimo internacional tiene como objetivo principal facilitar el comercio
y garantizar la libertad de circulación”, PE: Informe sobre la dimensión marítima de la política común de
seguridad y defensa, 2012/2318 (INI), 12 de junio de 2013, p.2.

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