La vivienda arrendada en época de crisis económica

AutorJosep M. Jiménez Villanueva
CargoGraduado en Derecho. Universitat de Barcelona. Colaborador de ClinHab
Páginas124-126
124 LA NOTARIA | | 1/2015
La vivienda arrendada en época de crisis económica
Jornada de formación. ClinHab (24 de octubre de 2014)
Josep M. Jiménez Villanueva
Graduado en Derecho
Universitat de Barcelona. Colaborador de ClinHab
El pasado 24 de octubre tuvo lugar, en
la Facultad de Derecho de la Univer sitat
de Barcelona (UB), la Jornada «La vivie nda
alquilada en época de crisis económica»,
organizada por la Clínica Jurídi ca en Dere-
cho Inmobiliario y Mediación Residencial
(ClinHab) y coordina da por la Prof. Esther
Arroyo Amayuelas (UB), que, con un propó-
sito eminentemente práctico, pretendía dar
a conocer a los particulares y a los técnicos
de la vivienda con los que ClinHab colabora
habitualmente , las novedad es que incor -
pora la ref orma de la Ley 29/1994, de 4 de
noviemb re, d e Arre ndamiento s Urba nos,
operada por la Ley 4/20 13, de 4 de junio,
de Medidas de Flexibilización y Fomento del
Mercado del Alqu iler de Vivienda (BOE núm.
134, de 5 de junio de 2013). Las ponencias,
organizadas en tres bloques temáti cos (vi-
sión general de la reforma; arrendamientos
y Regist ro de l a Propiedad, y mecanismos
de solución de controversias), estuvieron
precedidas por una presentación muy ilus-
trativa por parte de representantes de la Ge-
neralitat (Carles Sala, Secretario De Vivienda
y Mejora Ur bana) y del Ayunta miento (An-
toni Sorolla, Gerente Adjunto de Vivienda),
sobre las medidas de protección social que
se están adoptando cuando la vivienda está
en riesgo.
Dentro del primer bloque temático, de-
dicado a la valoración global de la refor ma,
la primera ponencia, a c argo del Prof. Car-
los Gómez Ligüerr e (UPF), tenía por objeto
un anális is económico de la no rma. El po -
nente destac ó que las reglas de la oferta y
de la demanda , que presuponen qu e todo
el mercado tiende a un precio de equilibrio
cuando se encu entran, no tienen un a apli-
cación exact a en materia de arrendamien-
tos urbanos. Con la reforma se pr etendía
una dinam ización y u na fl exibili zación
del mercado de alqui ler que facilitara la
incorpora ción al mercado de lo s pisos ya
constr uidos y, con siguiente mente, cabe
presuponer que el incremento de la of erta
supusiera una reducción de la renta. Las re-
formas que tienden a fortal ecer la posición
arrendadora (red ucción de la prórroga for-
zosa d e cinco a tres años, a celeración del
régimen procesal de desahucio; creació n
de u n regis tro de sentenci as por impago

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