La fuerza vinculante de la constitución y su aplicación en el derecho

AutorEnrique Tulio GÓMEZ CHANG
Abreviaturas

AAPP Audiencia Provincial

BOE Boletín Oficial del Estado

CC Código Civil

CP Código Penal

LCS Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro

LEC Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

LECr. Ley de Enjuiciamiento Criminal

núm. Número

rec. Recurso

SRC Seguro de Responsabilidad Civil

STC Sentencia del Tribunal Constitucional

TRRCySCVM Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor

TS Tribunal Supremo

AUTOR: D. JUAN PABLO SORIA BASTIDA

TUTORA: Dª. INMACULADA LÓPEZ-BARAJAS PEREA

Introducción

Con la redacción del presente trabajo he tenido la oportunidad de profundizar sobre las cuestiones jurídico-prácticas más relevantes de la estafa en el seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor. El trabajo se estructura en cuatro partes complementarias entre sí, queriendo fijar un criterio objetivo entre ellas, y son las siguientes:

-La primera parte relaciona los comienzos históricos del delito de estafa de seguro y la delimitación jurídica patente en el Derecho español.

-La segunda parte desarrolla especialmente el tipo objetivo del delito, elaborando una descripción más detallada de los requisitos necesarios del art. 248 CP.

-En la tercera parte profundizamos sobre las diferentes actuaciones de los protagonistas en el fraude del seguro.

-La cuarta parte nos ilustra sobre los aspectos procesales más destacados y relevantes que concurren en el delito de estafa de seguro.

Una vez hemos acotado, sobre los anteriores extremos, las cuestiones objeto de este trabajo, las fuentes que utilizaremos en su confección se determinarán según avancemos en nuestro estudio: Referidas fuentes serán fundamentalmente bibliográficas y jurisprudenciales.

Constatamos asimismo que la doctrina de los autores recogida con el presente constituye una positiva presencia teórica, cimentada sobre la base de las explicaciones jurídicas recopiladas en los diferentes apartados del trabajo.

La jurisprudencia que se aporta constituye tanto la actualización de los conceptos y términos expuestos, como la correcta interpretación de los mismos. A merced de mi acceso a la biblioteca del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia (ICAMUR), he tenido a mi disposición un catálogo de bibliografía jurídica sobre el delito de estafa, por lo que en atención a una mejor comprensión de la materia, he considerado necesario emprender el estudio del fraude del seguro desde su concepción más abstracta y global, hasta finalizar la misma con una parte dedicada a la reclamación de la responsabilidad civil que se encuadra perfectamente con el tipo delictivo.

De igual modo, la simulación de pleito y la llamada estafa procesal tienen especial relevancia en este trabajo, quedando encuadrado el contenido del mismo bajo la asignatura del Máster de Seguros "Aspectos procesales especiales del derecho de seguros", esto es así, teniendo especial cuidado de no sobrepasar la materia de seguros hasta el punto de considerarse este trabajo exclusivamente orientado al Derecho Penal puesto que uno de mis objetivos ha sido vincular el Derecho de seguros con los procedimientos vigentes sobre la reclamación de la indemnización en toda su amplitud legislativa.

Con respecto a los casos expuestos como base y fundamento para el estudio, he realizado un vaciado de jurisprudencia con el propósito de que aquéllos que lo deseen, puedan tener una visión más actualizada de las decisiones y dictámenes de los tribunales españoles acerca de la estafa de seguro. Especial importancia en el trabajo han tenido los manuales prácticos para la concreción de la materia en todos sus apartados, siendo imprescindible su uso en la última parte del trabajo.

El trabajo presenta importantes novedades extraídas de la actualizada jurisprudencia aportada a tales efectos. La parte fundamentalmente teórica se localiza en la descripción detallada de los requisitos del delito de estafa. Dado que los tribunales observan y analizan la existencia de cada requisito, ello constituye un buen motivo para profundizar y desarrollar los conceptos que entran en juego en el particular asunto. Entendemos también necesario realizar una delimitación del objeto de estudio por lo que deberemos extendernos en la legislación aplicable al delito de estafa, acotando jurídicamente el tipo delictivo. Abordamos por el contrario de forma práctica la tentativa, la estafa procesal y la variopinta muestra de supuestos de provocación de accidentes. También señalamos los supuestos más frecuentes de concurso con otra figuras afines al delito de estafa, y más concretamente la controversia surgida sobre la concurrencia de la falsedad en documento mercantil en la falsificación del parte amistoso de accidente. De vital importancia el apartado referido al dolo en relación a los límites en la reclamación de la responsabilidad civil.

La parte más práctica del trabajo no podría ser otra que la procesal. Mi propósito para con la redacción del último capítulo fue traer a colación el sistema tanto civil como penal de reclamación en el ámbito del Derecho de seguros. Para completar el desarrollo del trabajo, he querido hacer una pequeña parada en el sistema de valoración de los daños originados en accidentes de tráfico, por considerar preceptivo acercarnos a otras cuestiones procesales que tienen verdadera relevancia a la hora de preparar la reclamación. La parte procesal debe ser entendida en este trabajo como un estudio que tiende a completar el contenido más abstracto sobre las cuestiones principales en la calificación del fraude efectuada por los tribunales españoles. La meta que he querido perseguir con este trabajo ha sido reflejar la mayoría de los aspectos relevantes que afectan al fraude en sus diferentes perspectivas, disculpando, eso sí, la excesiva relevancia que he procurado a la redacción del contenido teórico extraído, en su mayor parte, de la doctrina pacífica referida al delito de estafa. En cuanto al apartado sobre los procesos civiles y penales de reclamación de la responsabilidad civil, he querido con el mismo estructurar procesalmente los artículos recogidos en las respectivas leyes rituales, y darles un sentido cronológico.

Sin más, deseo que el presente trabajo pueda convertirse, en la medida de sus posibilidades, en un instrumento útil para aquéllos que deseen examinar y considerar esta figura penal desde el ámbito propio del Derecho de seguros.

En Murcia, a 20 de Agosto de 2011.

Primera parte: Delimitación jurídica del delito de estafa
I Aproximación histórica y tipificación penal de la Estafa de Seguro en el Ordenamiento Jurídico Español

Con el propósito de aproximarnos a los antecedentes históricos del delito de estafa en esta modalidad debemos referir unas necesarias líneas sobre los inicios históricos del contrato de seguro. Varios autores1 afirman que España es el primer país del mundo que reguló esta modalidad contractual a través de la Ordenanza de Barcelona de 1435, cuyo texto es reconocido como el primer instrumento codificado del seguro, y también uno de los primeros textos normativos en contener disposiciones sancionadoras aplicables a supuestos fraudulentos.

A pesar de que nuestro país fuese pionero en el primitivo desarrollo de la normativa sancionadora en materia de seguros, la ausencia de tipo específico en los códigos penales españoles ha sido la constante que ha seguido la regulación legal en el fraude de seguro. Así las cosas, BACIGALUPO2, refiere que el origen de los conceptos que culminaron en la redacción del art. 405 del CP Francés de 1810 se encuentra en el art. 35 de la Ley de 16-22 de Julio de 1791, cuya finalidad fue la de restablecer límites precisos al delito de escroquiere heredado del Antiguo Régimen.

Especial importancia adquiere la distinción entre dolo civil y dolo penal reflejada en aquél CP francés de 1810. Código este que establecía una separación entre las estafas punibles y las que no tenían tal consideración. Más en concreto, el art. 405 del Code Penal de 1810, tratándose de una antigua concepción del fraude, indicaba en relación a la calificación del delito: "Quien, sea haciendo uso de...

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