Vigencia temporal de las normas

AutorAntonio J. Vela Sánchez
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Civil, Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)
Páginas60-63

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Entrada en vigor y pérdida de vigencia
A) Entrada en vigor

Podemos definirla como el momento en que la norma nace al mundo del Derecho produciendo todos sus efectos.

El art. 2, 1 CC dice que las "leyes entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, si en ellas no se dispone otra cosa".

El plazo de 20 días, que no tiene carácter vinculante para el legislador (que puede ampliarlo, disminuirlo o suprimirlo), se llama vacatio legis y se cuenta computando como primero el siguiente al de la completa publicación.

B) Pérdida de vigencia

Es el supuesto por el que una norma deja de tener eficacia en nuestro Derecho. Ello puede ocurrir cuando:

  1. Se trata de leyes temporales, cuya vigencia está sometida a un plazo de caducidad, una vez transcurrido: p.e., las leyes de Presupuestos.

  2. Las normas se dictan para atender a una determinada circunstancia, y ésta desaparece: p.e., las dictadas en un período de sequía (restricciones).

  3. La norma queda anulada, como ocurre con las leyes declaradas inconstitucionales o con los reglamentos ilegales.

  4. La norma es derogada.

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La derogación: concepto, principios básicos, formas y efectos
A) Concepto

Es la modificación o extinción de una norma por la aparición en el ordenamiento jurídico de otra nueva.

B) Principios básicos

La derogación se basa en dos principios esenciales:

  1. Toda norma jurídica puede ser derogada por otra nueva, pues el Derecho debe adaptarse a la sociedad y ello precisa su modificación.

  2. Las normas sólo pueden ser derogadas por otras de igual o de superior rango (art. 9, 3 CE). Así, el art. 2, 2 CC dice que las "leyes sólo se derogan por otras posteriores" y el art. 1, 2 CC que carecen de validez las normas que contradicen a otra de superior rango.

C) Formas

El art. 2, 2 CC dice también que la "derogación tendrá el alcance que expresamente se disponga y se extenderá siempre a todo aquello que en la ley nueva, sobre la misma materia, sea incompatible con la anterior". De aquí se derivan dos tipos de derogación:

  1. Expresa, cuando resulta de una disposición especial...

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