Victimización penitenciaria

AutorDavid Lorenzo Morillas Fernández
CargoProfesor Titular de Derecho Penal y Criminología. Universidad de Murcia. Email: davidm@um.es
Páginas85-129
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VICTIMIZACIÓN PENITENCIARIA
David Lorenzo Morillas Fernández
Profesor Titular de Derecho Penal y Criminología
Universidad de Murcia
Email: davidm@um.es
RESUMEN: El presente artículo trata de realizar una aproximación al ámbito de la
victimización penitenciaria, temática prácticamente inexplorada por los investigadores.
Para ello, se parte de la Victimología, como disciplina científica poseedora de las
herramientas necesarias para delimitar la fenomenología y características de la
victimización penitenciaria; se continúa por un breve análisis de los perfiles de la
población reclusa española; para finalizar uniendo las variables anteriores en el contexto
de la victimización penitenciaria, procediendo a su delimitación conceptual y análisis de
sus principales tipologías, focalizadas al ámbito institucional y de victimización
propiamente dicho.
PALABRAS CLAVE: Victimización penitenciaria, Victimología, prisión,
victimización institucional.
ABSTRACT: The present article tries to approach the scope of penitentiary
victimization, a topic almost unexplored by researchers. First of all, it is part of the
Victimology, as a scientific discipline possessing the necessary tools to delimit the
phenomenology and characteristics of penitentiary victimization; secondly, it includes a
brief analysis of the profiles of the Spanish prison population; and third, there is an
analysis of the previous variables in the context of penitentiary victimization,
proceeding to its conceptual delimitation and analysis of its main typologies, focused on
the institutional scope and the victimization itself.
KEY WORDS: Penitentiary victimization, Victimology, prison, institutional
victimization.
SUMARIO: I. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL. 1. La Victimología como punto de
partida. 2. Tipos de victimización. 3. Breve referencia a datos estadísticos
penitenciarios. 3.1. Tamaño de la población reclusa. 3.2. Género. 3.3. Edad. 3.4.
Nacionalidad. 3.5.Tipología delictiva. 3.6. Grado de tratamiento. II. VICTIMIZACIÓN
PENITENCIARIA. III. CONCLUSIONES.
I. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL
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1. La Victimología como punto de partida.
El fenómeno de la victimización penitenciaria constituye un ámbito de estudio al
que no se le ha prestado la debida atención a lo largo de la historia por diversos
motivos: tardía aparición de la Victimología, escasez de información institucional,
temor, en determinadas ocasiones, a mostrar la realidad penitenciaria tal y como era,
ausencia de atención y garantías a los procesos desarrollados en el interior de los centros
penitenciarios, sobre los cuales la sociedad ha vivido durante bastantes años de espaldas
a la realidad social y humana que convive diariamente dentro de los muros
delimitadores de las prisiones, a veces, según el momento histórico correspondiente, por
ser considerados como lugares de castigo y aislamiento respecto de los cuales la propia
arquitectura de la prisión servía de aislamiento de cara al exterior, sin importar los
dramas y problemas sociales existentes en su interior, situación que, afortunadamente en
los países avanzados ha cambiado en favor de la consideración de las prisiones como
centros abiertos o instituciones globales sobre los que subyacen todo un sistema de
garantías personales e institucionales sometidos a la potestad jurisdiccional.
En esencia, la victimización penitenciaria no es más que un proceso normal de
victimización, idéntico al producido dentro de la sociedad en sí, con la única
particularidad de que queda reducido al ámbito de los centros penitenciarios, lo cual
puede conllevar algunas dificultades adicionales en cuanto a su detección, dadas las
variables confluentes entre el colectivo de sujetos activos que desarrollarían los ilícitos
vinculados y la hipotética presencia una victimización institucional, carente de un rostro
físico al que imputar la conducta ilícita.
Conforme a lo anterior, como fenómeno habitual y lógico dentro del correcto
devenir de la sociedad, la citada victimización es el resultado de la confluencia de tres
campos de conocimiento: el Derecho Penal, la Criminología y la Victimología, con la
especial particularidad, ya referida, de que su ámbito de actuación queda reducido a la
esfera penitenciaria, por lo que habría que sumar un cuarto elemento regulador de las
específicas relaciones entre los sujetos intervinientes, lo cual denotará, como referiré
expresamente en el epígrafe siguiente, un auténtico marco meramente situacional pero
con indudables connotaciones sociales, políticas y criminógenas.
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Dejando de lado, momentáneamente, esta cuarta variable, la confluencia de las
tres primeras no constituye, reitero, un hecho extraordinaria sino común al igual que
acontece en el marco de la propia sociedad en tanto la clásica trisomía delincuente,
delito y víctima vuelve a encontrar aquí un nuevo punto de inflexión con la consabida
confluencia de los campos de conocimiento anteriormente citados.
Responder a la secuenciación de las variables citadas no resulta una cuestión
baladí. En principio, los elementos lógicos vendrían configurados por la presencia de un
delincuente, que ejecutará un hecho ilícito (delito o conducta antisocial) respecto de una
víctima -individual o grupal-. Sin embargo, para poder calificar como tal al sujeto que
realiza la acción criminal primero debe existir la consideración "delito", sin la cual no
podrá preestablecerse ni delimitar la figura del delincuente. No obstante, en lo que ahora
interesa, conviene centrar la atención en la perspectiva victimológica, la cual permitirá
comprender las razones en virtud de las cuales la victimización penitenciaria ha
permanecido invisible a los ojos de los investigadores.
Así, en primer lugar, como ya identificamos1, conviene diferenciar dos grandes
fases en el proceso evolutivo de la Victimología:
A) Victimología invisible. Abarcaría desde el primer delito conocido hasta la
década de 1.940 e incluiría una etapa oscura en la que directamente no habría apenas
referencias victimológicas y, las pocas existentes, quedarían vinculadas de manera
indirecta; esto es, habría otros objetos o aspectos principales, apareciendo la víctima
como algo secundario –piénsese, por ejemplo, en el propio Ferri, quien defendió la
necesidad de facilitar la reparación del daño, ya sea como pena sustitutiva de la pena de
prisión, aplicando el trabajo del reo al pago, como pena para delitos menores, como
obligación del delincuente hacia la parte dañada o como función social a cargo del
Estado2 o la tradicional hipótesis del resarcimiento, no como algo creado
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
!Véase, al respecto, MORILLAS FERNÁNDEZ, D. L.,; PATRÓ HERNÁNDEZ, R. M.; Y AGUILAR
CÁRCELES, M. M., Victimología: Un estudio sobre la víctima y los procesos de victimización,
Edición, Madrid, 2014, págs. 10 y 11.
2 FERRI, E. The positive school of Criminology, USA, 1968, pág. 101.

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