STSJ Extremadura , 25 de Octubre de 2005

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2005:1398
Número de Recurso1462/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00839/2005 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 839 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS/

En Cáceres a veinticinco de octubre de dos mil cinco.

Visto el recurso contencioso administrativo número 1.462 de 2003, promovido por la Procuradora Doña María del Pilar Simón Acosta, en nombre y representación de la SOCIEDAD COOPERATIVA DE OLIVAREROS DE RIBERA DEL FRESNO (Badajoz), siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 4 de agosto de 2.003 (expediente ESV 42/2.002), por la que se le imponía una sanción de multa en cuantía de 3.000 , por una infracción leve en materia de dominio público, así como el requerimiento para que no se procediese a realizar vertidos en cauces públicos con obligación de adoptar las medidas necesarias para evitarlos. Cuantía indeterminada.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, y habiendo transcurrido el período de proposición de prueba y propuesto el expediente administrativo, obrante en autos, y por economía procesal se declararon conclusas las actuaciones y se señaló día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente Don WENCESLAO OLEA GODOY, que expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

- PRIMERO.- Se impugna en este proceso por la <> la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 4 de agosto de 2.003 (expediente ESV 42/2.002), por la que se le imponía una sanción de multa en cuantía de 3.000 , por una infracción leve en materia de dominio público, así como el requerimiento para que no se procediese a realizar vertidos en cauces públicos con obligación de adoptar las medidas necesarias para evitarlos. Se suplica en la demanda que se anule el mencionado acto y se deje sin efectos la sanción y los requerimientos efectuados. Se opone a tales pretensiones el Sr. Abogado del Estado que considera la resolución impugnada ajustada a Derecho, suplicando su confirmación con la...

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