Venta por divorciado de cuota indivisa inscrita como privativa por confesión.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Cuando en el Registro consta inscrita una finca como privativa a favor de un cónyuge, por confesión del otro, y posteriormente se divorcian, para disponer de la finca por el titular registral divorciado debe de manifestar en la escritura si el excónyuge confesante ha fallecido o no.

Hechos: Consta inscrita en el Registro una finca como privativa de un cónyuge por confesión del otro. Posteriormente dichos cónyuges se han divorciado. Ahora el cónyuge titular registral comparece ante notario, manifiesta que es divorciado y vende dicha finca.

La registradora suspende la inscripción y exige que el cónyuge vendedor divorciado manifieste si su excónyuge confesante permanece con vida o no, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.5 RH .

El notario autorizante recurre y alega que al expresarse el estado civil de divorciado implica que el excónyuge anterior está vivo, pues si hubiera fallecido su estado civil sería el de viudo.

La DG desestima el recurso.

Doctrina . Comienza por señalar que si el excónyuge confesante hubiera fallecido el estado civil del titular registral disponente sería igualmente el de divorciado y no el de viudo, pues el vínculo matrimonial no existe desde el divorcio, por lo que no acepta el argumento del notario recurrente.

Considera necesaria la manifestación del disponente sobre si el ex cónyuge confesante sigue vivo o ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR