Venta de cuotas indivisas de finca rústica sin asignación de uso, pero con indicios de parcelación

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: No cabe inscribir una venta de cuotas indivisas de finca rústica, incluso aunque no haya una asignación individual de uso, cuando haya indicios de parcelación urbanística ilegal.

- Hechos: Se presenta una escritura de venta de una finca rústica a los distintos miembros de una misma familia que la adquieren por cuotas indivisas proporcionales al precio para cada uno satisfecho y sin asignación individual de uso entre los adquirentes.

Se acompaña a la escritura Decreto Municipal en el que se deniega la declaración de innecesariedad de licencia por entender el Ayuntamiento que el acto implica una parcelación urbanística en suelo no urbanizable.

- La Registradora: califica negativamente, por falta de licencia de segregación/parcelación urbanística, [art. 66 Ley Ordenac. URBANÍSTICA Andalucía 7/2002; HOY Art. 91 Ley 7/2021, de 1 de diciembre] porqué es el propio Ayuntamiento, en el Decreto de Alcaldía protocolizado, el que dice que el acto implica una parcelación urbanística en suelo no urbanizable.

- Los compradores: recurren exponiendo, conforme a las RR. 12 julio ("a contrario) y de 10 septiembre de 2015, de 13 marzo 2019, y de 14 abril 2021, que la transmisión de una cuota indivisa SIN asignación individual de uso en el Registro de la Propiedad, debe considerarse, en principio, como un acto neutro desde el punto de vista urbanístico y puede inscribirse sin licencia.

Y tratan de demostrar que su intención no es parcelar sino veranear en familia en la única edificación existente en la finca y en las proximidades, que incluso sucesoriamente la finca acabaría en proindiviso a los herederos de los padres compradores, y, que, por todo ello han recurrido el decreto municipal.

- Resolución: La DGSJFP desestima el recurso y confirma la calificación.

- Doctrina:

Caso idéntico a la R. 15 septiembre 2021, que reitera; y aun confirmando su ya consolidada doctrina (invocada por los recurrente) de que la simple venta de una cuota indivisa sin asignación de uso no requiere Licencia ni Acto Advo, ello decae cuando existe un pronunciamiento expreso de la Administración...

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