STSJ Andalucía 1806/2006, 14 de Diciembre de 2006

PonenteMARIA TERESA GOMEZ PASTOR
ECLIES:TSJAND:2006:8582
Número de Recurso151/2003/
Número de Resolución1806/2006
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

1806/2006

1

SENTENCIA Nº 1806/2006

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MÁLAGA

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOAQUÍN GARCÍA BERNALDO DE QUIRÓS

MAGISTRADOS

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA

Dª MARÍA DEL ROSARIO CARDENAL GÓMEZ

Dª MARÍA TERESA GÓMEZ PASTOR

D. MANUEL LÓPEZ AGULLÓ

D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ

_________________________________________

En la Ciudad de Málaga a catorce de Diciembre de dos mil seis.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación Nº 151/2003, interpuesto por UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, contra la Sentencia de fecha 12/09/2002, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número uno, de Málaga y como parte apelada EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARÍA TERESA GÓMEZ PASTOR quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número uno de Málaga, recurso contencioso administrativo contra "el Decreto de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Málaga notificado el 23/03/01 que desestimaba el recurso interpuesto contra la liquidación efectuada por el concepto de ributo de entrada de vehículos", registrándose el recurso con el número 340/2001.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo dictó Sentencia en fecha12/09/2002, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Universidad de Málaga contra el Ayuntamiento de Málaga, se declara la conformidad a derecho de la resolución impugnada, descrita en el antecedente de hecho primero de esta resolución. No se hace expresa imposición de costas".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de la parte Actora, se interpuso Recurso de Apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes personadas, por quince días, para formalizar su oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, quedando registrado el recurso de apelación con el número 151/2003.

CUARTO

No habiéndose solicitado celebración de vista o presentación de conclusiones, quedaron los autos, sin más trámite para votación y fallo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto de impugnación en estos autos la Sentencia dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo número uno de esta ciudad que desestimó el recurso interpuesto por la Universidad de Málaga contra la resolución del Ayuntamiento de esta ciudad, también desestimatoria, del recurso reposición interpuesto contra la liquidación 797.587, girada por el concepto de precio público por entrada de vehículos relativa al inmueble sito en el Boulevard Pasteur, 8, de esta ciudad. Liquidación tributaría correspondiente a los ejercicios 1996 a 1998 y cuyo importe es de 528.169.- Ptas.

La sentencia recurrida entendió que, entre otras cosas, la calle citada no era de titularidad universitaria, como manifestaba la recurrente, sino que de acuerdo con la prueba existente en el proceso, en concreto el certificado del Secretario General del Ayuntamiento, se encontraba inventariada en el Inventario de los Bienes Municipales. La sentencia entendió que existía el hecho imponible del precio publico sin que la...

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