La valoración de las acciones de El Corte Inglés (STS 7812/2012)

AutorFernando García
Páginas10-11

Page 10

Antecedentes

La Sala Primera del TS ha hecho pública la sentencia de fecha 2 de Noviembre de 2012, que resuelve una disputa accionarial entre El Corte Inglés y varios accionistas de esta entidad, en relación con la transmisión de acciones de titularidad de estos últimos, por existir una restricción estatutaria a la libre transmisibilidad de las acciones.

Los hechos se remontan al año 2005, cuando El Corte Inglés para efectuar la adquisición de estas acciones, designó un auditor de cuentas, a los efectos de determinar el valor razonable de las mismas. Los accionistas, en desacuerdo con el valor determinado por el auditor, solicitaron una valoración alternativa.

Llegado el momento de formalizar el contrato de venta de las acciones, los accionistas se opusieron al valor razonable de las acciones determinado por el auditor propuesto por El Corte Inglés, demandando a esta entidad, y solicitando la venta por un valor determinado por un auditor designado por el Registro Mercantil.

El fallo de la sentencia de la primera instancia, de 14 de julio de 2008, condenó a los accionistas a la formalización de la compraventa de las acciones al precio determinado por el auditor designado por El Corte Inglés.

Interpuesto recurso de apelación contra la anterior resolución, el fallo de la sentencia de la segunda instancia, de 23 de diciembre de 2009, dejó sin efecto el pronunciamiento de 14 de julio de 2008, por considerar que el valor de las acciones fijado por el auditor designado por El Corte Inglés no era el valor razonable. No obstante, desestimó la pretensión de condena a El Corte Inglés, de adquirir las acciones por el precio suplicado ni por ningún otro, ante la inexistencia de datos suficientes para determinar su valoración.

Fallo del TS

El fallo de la sentencia de fecha 2 de noviembre de 2012, señala que la valoración de las acciones efectuada por el auditor de cuentas designado por el órgano de administración de la sociedad puede ser revisada y, en su caso, sustituida por el juez.

Opinión

La valoración de los bienes, derechos y obligaciones es un problema fundamental que se aborda en la ciencia económica. No obstante, cuando no existe un mercado organizado, todo proceso de valoración tiene más de arte que de ciencia, y la valoración de acciones no es una excepción.

Pero todo arte tiene sus técnicas y formas para aplicarlas, es decir, sus metodologías. En el caso analizado, cada

P...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR