SAP La Rioja 17/2003, 12 de Febrero de 2003

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de La Rioja
Fecha12 Febrero 2003
Número de resolución17/2003

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZDª. Dª. CARMEN ARAUJO GARCIAD. RODRIGO LACUEVA BERTOLACCI

AUDIENCIA PROVINCIAL

SEC. UNICA

(Penal)

Rollo número 41-2002

En la Ciudad de Logroño, a doce de febrero de dos mil tres.

La Ilma. Audiencia Provincial de esta capital presidida por el Ilmo. Sr. D ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ, y compuesta además por los Ilmos. Sres. Magistrados Dª CARMEN ARAUJO GARCIA y D. RODRIGO LACUEVA BERTOLACCI, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la siguiente

S E N T E N C I A Nº 17 DE 2.003

VISTA en juicio oral y público ante esta Audiencia Provincial la presente causa penal correspondiente al Rollo de Sala número 41/2002, derivado del Procedimiento Abreviado número 27/00, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Logroño, anteriormente Diligencias Previas número 17/00, por delito de FALSEDAD, contra Pedro , mayor de edad y sin antecedentes penales, con D.N.I. número NUM000 , nacido el día 1 de febrero de 1938, en Villaverde de Rioja (La Rioja) y con domicilio en Cenicero (La Rioja), Carretera Nacional 232, Km. NUM001 , en situación de libertad provisional por esta causa, no habiendo estado privado de ella en ningún momento y declarado insolvente y contra Franco , mayor de edad y sin antecedentes, con D.N.I. número NUM002 , nacido el día 15 de septiembre de 1955, en Tafalla (Navarra), hijo de Alejandro y de Margarita , y con domicilio en Tafalla (Navarra) CALLE000 nº NUM003 , en situación de libertad provisional por esta causa, no habiendo estado privado de la misma en ningún momento y declarado solvente, en el que ha sido parte el MINISTERIO FISCAL, como acusador público y, como acusación particular el CONSEJO REGULADOR DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN CALIFICADA RIOJA, representado por la Procuradora Sra. VALDEMOROS DIAZ DE TUDANCA y defendido por el Letrado Sr. RODRIGUEZ MOROY y como acusados los referidos Pedro y Franco , representados por la Procuradora Sra. FERICHE y defendidos por el Letrado Sr. ENRIQUE FERICHE y en el que ha sido designado como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Resulta probado y así se declara que los acusados Pedro , nacido el día 1 de febrero de 1938, con D.N.I . número NUM000 , y sin antecedentes penales, y Franco , nacido el día 15 de septiembre de 1955, con D.N.I. número NUM002 y sin antecedentes penales, constituyeron como únicos socios la mercantil DIRECCION000 . -N.I.F. NUM004 -, formalizada en virtud de escritura otorgada ante notario en Logroño, el día 12 de enero de 1999, e inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja, con fecha 12 de marzo de 1999, al tomo NUM005 , folio NUM006 , hoja NUM007 , inscripción NUM008 , y ubicada físicamente en la localidad de Cenicero, kilómetro NUM001 de la carretera N-232, estando inscrita en el Registro de Bodegas de Almacenamiento del Consejo Regulador de la Denominación de Origen calificada Rioja con el número NUM009 . El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Rioja detectó durante el mes de noviembre de 1999 que en distintas localidades de Alemania la Bodega denominada DIRECCION000 ., había comercializado vino con la denominación de origen Rioja, tinto y rosado, embotellado con las correspondientes contraetiquetas y precintas, con las denominaciones DIRECCION001 y DIRECCION002 , correspondiente al vino tinto y, DIRECCION003 , destinada a vino rosado-clarete. El Consejo Regulador pudo comprobar este hecho por medio de comunicación efectuada por la empresa AC NIELSEN VERTRAULICH, contratada por aquél para realizar muestreos de mercado de los productos amparados por la Denominación de Origen Rioja, que por medio de dicha comunicación remitió al Consejo Regulador los productos, procedentes de la DIRECCION000 . siguientes: · 3 Botellas marca DIRECCION001 , con contraetiquetas MB 631172 (adquirida en el supermercado Kaufland-Lidl), NL 386481 (adquirida en el mismo supermercado), NL 433900 (adquirida en el supermercado Kaufland-Lidl de Munich). · 1 Botella DIRECCION003 , con precinta NT 735322 (adquirida en el supermercado EDK Center de Munich). · 1 Botella marca DIRECCION002 , con precinta LS-297521 (adquirida en el supermercado Extra MarKt-Metro de Colonia/Düsseldord). Todas estas botellas habían sido embotelladas por la entidad DIRECCION000 . La remisión de todas estas botellas por parte de la empresa alemana AC NIELSEN VERTRAULICH al Consejo Regulador se llevó a cabo al apreciarse por los representantes de aquella que las contraetiquetas y precintas que tenían dichas botellas no resultaban correctas, es decir, que no eran auténticas. Recibidas las botellas en el Consejo Regulador, por miembros de éste, se comprobó que las contraetiquetas tenían los defectos siguientes: El tipo de número empleado en su enumeración era distinto al tipo de número original; las marcas colocadas en las contraetiquetas de las botellas eran distintas a las que tenían las contraetiquetas originales; el mapa tenía distinta ubicación y el sello del Consejo Regulador, obrante en las mismas, era distinto y, finalmente, las contraetiquetas de las botellas remitidas desde Alemania no tenían tinta invisible e, incluso, la tinta de los números no tenía respuesta a los rayos ultravioleta, pues no lo hacían perceptible. En concreto, del análisis de las contraetiquetas de la cosecha 1998 (obrantes en las botellas remitidas desde Alemania) se detectaron las siguientes irregularidades: El tipo de número empleado en la numeración era distinto al tipo de número original. Las marcas colocadas en las contraetiquetas originales y en estas 3 botellas eran totalmente diferentes: Las marcas en las letras O y A de COSECHA, marcas en pie de la vid, marcas en racimo izdo. y dcho. superior. El mapa de España tenía otra colocación. El sello del Consejo Regulador era distinto. Las contraetiquetas no tenían la tinta invisible. La tinta de la numeración no era con respuesta ultravioleta.

Asimismo, en las precintas del Consejo Regulador de Denominación de Origen calificada Rioja (obrantes en las botellas remitidas desde Alemania) se detectaron diferencias notables con respecto a las oficiales, concretadas en las siguientes: No aparecía la tinta invisible Diferencia en la imagen de la parra Diferencia en la tipografía de los números Diferencia en tipo de letra en la leyenda "este Consejo Regulador Califica y Garantiza este Vino". Serie no filmada en filmadora. Ante esta situación, por parte de los representantes del Consejo Regulador se acordó llevar a cabo una inspección en la instalación de la entidad DIRECCION000 , sita en kilómetro NUM001 de la CN-232 (Cenicero-La Rioja). Por veedores oficiales del Consejo Regulador (inspectores habilitados por la Dirección General de Política Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), D. Gregorio y D. Darío , habilitados por orden del Ministerio de Agricultura de 22 de noviembre de 1991 y 24 de febrero de 1986, respectivamente, se practicó la visita de inspección acordada a las 11:00 horas del día 20 de diciembre de 1999, llevada a cabo en presencia del acusado Pedro , que realizada la inspección firmó el acta extendida al efecto por los dos inspectores-veedores. Como resultado de esta inspección se comprobó, y así se hizo constar, la existencia de las siguientes partidas de vino: 1.- 5.058 botellas en 843 cajas de 6 botellas de 75 cl. cada una de vino rosado, etiquetadas con la marca DIRECCION003 , lote L-101 y Precintas de Garantía de Origen Genéricas de la cosecha 1998, serie LP. 2.- 5.160 botellas en 430 cajas de 12 botellas de 75 cl. cada una de vino tinto, etiquetadas con la marca DIRECCION004 , lote L-911 y Contraetiquetas de Garantía de Origen Genéricas de la cosecha 1998, serie NH. 3.- 10.386 botellas en 1.731 cajas de 6 botellas de 75 cl. cada una de vino tinto, etiquetadas con la marca DIRECCION001 , lote L-116 y Contraetiquetas de Garantía de Origen Genéricas de la cosecha 1998, serie ÑG. En las botellas de las tres partidas figuraba como embotellador la DIRECCION000 ., nº NUM010 . En total se detectaron 26.604 botellas de 0,75 litros de capacidad, colocadas en 28 paneles, ubicados en el interior de la bodega, dispuestas para su comercialización. La primera partida de botellas se encontraba colocada en los pallets 1 a 7. La segunda partida, en los pallets números 7 a 14. Por último, la tercera partida se encontraba en los pallets 15 a 18. Durante la inspección se comprobó que las contraetiquetas y precintas de garantía que portaban las 26.604 botellas eran falsas, sin que se correspondiesen con las originales entregadas por el Consejo Regulador a la propia DIRECCION000 . El análisis de las contraetiquetas y precintas del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Rioja que portaban las 20.604 botellas determinó que eran falsas, según se pudo comprobar por las pruebas efectuadas en relación con las botellas precintadas en el acta de inspección número 4834 y su continuación número 4835. Estas contraetiquetas y precintas habían sido obtenidas a partir de otras originales, que habían correspondido a la DIRECCION000 ., atribuidas por el Consejo Regulador como correspondientes a dicha bodega. Las contraetiquetas presentaban los defectos siguientes: El tipo de número empleado en la numeración era distinto al tipo de número original. Las marcas colocadas en las contraetiquetas originales y en estas cinco botellas eran totalmente diferentes: Las marcas en las letras O y A de COSECHA, marcas en pie de la vid y marcas en racimo izquierdo y derecho y hoja superior. El mapa de España tenía otra colocación. El sello del Consejo Regulador era distinto. Las contraetiquetas no tenían la tinta...

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