ORDEN FOM/1602/2008, de 16 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanística 1/2008, para la aplicación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León tras la entrada en vigor de la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/1602/2008, de 16 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanística 1/2008, para la aplicación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León tras la entrada en vigor de la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

El Derecho Urbanístico de Castilla y León está constituido por la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, junto con el

Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero.

La Ley de Urbanismo ha sido objeto de varias modificaciones desde su entrada en vigor, de las cuales la más amplia y ambiciosa ha sido la recientemente aprobada mediante la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

Esta última reforma determina la necesidad de proceder con urgencia a la modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, a fin de que éste mantenga su cualidad más apreciada, esto es, desarrollar íntegramente la Ley de Urbanismo.

Pero mientras se tramita la modificación del Reglamento, cierto número de sus preceptos resultan inaplicables por su incompatibilidad con la Ley de Urbanismo tras su reforma. En aras de la seguridad jurídica de los procesos urbanísticos, el objeto de esta instrucción es ofrecer una interpretación sobre cuáles son esos preceptos ahora inaplicables. Y se habla tan sólo de interpretación, porque en cuanto Instrucción Técnica Urbanística tendrá carácter vinculante sólo para la Administración de la Comunidad Autónoma, siendo su contenido orientativo para las restantes administraciones públicas y para los particulares.

El análisis de la compatibilidad de los preceptos reglamentarios vigentes con la nueva Ley encuentra algunos problemas técnicos, como la abundancia de remisiones entre preceptos, lo que en principio complica la solución si el precepto principal resulta inaplicable, o la no menor presencia de referencias a instituciones suprimidas, como las categorías de suelo urbanizable.

Frente a ello la interpretación ofrecida en esta Instrucción ha procurado entender como aún aplicable el mayor número posible de preceptos reglamentarios, respetando en todo caso el principio de jerarquía normativa en relación a la Ley de Urbanismo. En tan sentido, un punto de partida evidente es la aplicabilidad de todos aquellos preceptos reglamentarios que regulan las materias que han sido objeto de deslegalización por la Ley de Medidas sobre Urbanismo y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR